Mitradel explica el pago de jornadas laborables por descanso obligatorio

Actualizado
  • 08/01/2022 12:31
Creado
  • 08/01/2022 12:31
El Ministerio de Trabajo explicó el pago de las jornadas del 9 y 10 de enero, en conmemoración del 58° aniversario de la Gesta del 9 de enero de 1964

En conmemoración del 58° aniversario de la gesta patriótica del 9 de enero de 1964, el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral (Mitradel), explicó sobre la jornada laboral del 9 y de enero, debido a que el lunes será día de descanso obligatorio en el territorio nacional.

En un comunicado, el Mitradel explicó que, en día de descanso obligatorio por fiesta o duelo nacional, se pagará con un 150% de recargo sobre el salario de la jornada ordinaria de trabajo, además de asignar al trabajador, otro día de descanso como compensación.

El trabajo prestado en el lunes siguiente al día de fiesta o duelo nacional que recaiga domingo o en el día que se concede como compensación, será de un 50% sobre el salario de la jornada ordinaria.

Lo anterior aplica para todas las empresas y actividades del sector privado, conforme a lo establecido en los artículos 47 y 49 del Código de Trabajo.

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