La Ley 51 del 27 de diciembre de 2005

Actualizado
  • 07/03/2021 00:00
Creado
  • 07/03/2021 00:00
Las reformas fueron promovidas por las mismas organizaciones empresariales, facciones del capital financiero y representantes de empresas aseguradoras que hoy nuevamente plantean reformas paramétricas y reformas estructurales a la seguridad social panameña
La Ley 51 del 27 de diciembre de 2005
La Ley No. 51 del 27 de diciembre de 2005

Con el advenimiento de esta se inician las reformas estructurales de las pensiones en nuestro país. Ella establece una nueva estructura del riesgo del programa de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM) de la Caja de Seguro Social (CSS) basado en dos subsistemas que cohabitan paralelamente: (i) Subsistema exclusivamente de beneficio definido, (SEBD) y (ii) el subsistema mixto, (SM).

SEBD constituye el sistema anterior a la reforma, es solidario entre los trabajadores que participan en él. Sin embargo, el SEBD tiene como particularidad que no ingresan nuevos cotizantes activos, únicamente contempla reintegro de personas que habiendo sido parte de dicho subsistema dejan de cotizar al mismo y posteriormente se insertan nuevamente al mercado laboral formal. Esto se traduce en una disminución de ingresos por concepto de cuotas obrero-patronal, aumento de gastos por concepto de pago de pensiones y déficit de caja ascendente hasta culminar con la descapitalización de las reservas. En el año 2060 deja de existir el sistema solidario SEBD. Nada nuevo, considerando que así lo estableció la Ley No. 51 en su paquete de reformas.

Los nuevos asegurados cotizantes activos por ley se incorporan al SM; este subsistema tiene dos componentes: beneficio definido, (CBD) y el de ahorro personal, (CAP). El CBD opera con parámetros similares al SEBD, es decir está basado en principios solidarios hasta un tope máximo de $500; mientras que aquellos con montos salariales mensuales superiores a los $500 pasan a adquirir una cuenta individual y puede recibir al alcanzar la edad de retiro una renta vitalicia o programada hasta que se le agoten sus recursos. SM está basado en la capitalización plena individual.

Ambos componentes poseen una característica en común: otorgarán bajos montos mensuales de pensiones, esto último se debe a que la estructura salarial en nuestro país se caracteriza por poseer bajos salarios, reflejo de la mala distribución de la riqueza que hay en Panamá.

La Ley 51 del 27 de diciembre de 2005
Reformas paramétricas simultáneas

A través de la Ley No. 51 de 2005 se realizaron simultáneamente reformas paramétricas; en tal sentido por el lado de los ingresos se aumentó gradualmente la tasa de cotizaciones (a partir de 2013 es 13,5%), establece el fideicomiso de IVM para la sostenibilidad del régimen SEBD (actualmente el Estado debe depositar $140 millones cada año, diversifica las alternativas de inversión; mientras que por el lado de los egresos se aumentó el número de cuotas de 180 a 240, establece el cálculo del salario base mensual en función de los 10 mejores años de cotización, la fórmula de cálculo de la pensión varió de acuerdo con el número de cuotas y el salario promedio de los 10 mejores años que estableció la ley.

Además, contradictoriamente, a pesar de una situación delicada del riesgo de IVM la Ley No. 51 otorga nuevas prestaciones (vejez anticipada, vejez proporcional y vejez anticipada proporcional y se modifican los montos máximos de pensiones).

La Ley No. 51 de 2005 introduce otras reformas:

— Una junta técnica actuarial –JTA–, la cual debe estar integrada por tres actuarios que deben ser independientes y que deben rendir un informe anual a la junta directiva de la CSS y al Órgano Ejecutivo sobre la situación financiera y actuarial del riesgo de IVM y dar recomendaciones al Órgano Ejecutivo cuando los egresos como múltiplo de la reserva del riesgo de IVM sean inferiores a 2,25;

— Un aporte solidario de 3,5% al CBD del SM;

— Un seguro de renta vitalicia que garantice el pago de la pensión de retiro por vejez cuando se extingan los fondos ahorrados de los asegurados del SM, que nunca calcularon;

— Un seguro colectivo de invalidez en el SM. Esto no fue calculado por los que realizaron la reforma.

— Un fondo fiduciario a favor de la CSS en donde el Estado, a través del Ministerio de Economía y Finanzas, depositara anualmente en el fondo su aporte de sostenibilidad del régimen de IVM. A partir de 2013 es $140 millones supuestamente para equilibrar el sistema.

Estas reformas fueron promovidas por las mismas organizaciones empresariales, facciones del capital financiero y representantes de empresas aseguradoras que hoy nuevamente plantean reformas paramétricas y reformas estructurales a la seguridad social panameña.

La CSS en cifras

Un año antes (2004), la CSS contaba con alrededor de 677 mil asegurados cotizantes activos y 137 mil pensionados, una reserva contable del riesgo de IVM de $1,641 millones; para diciembre de 2018. Según el informe actuarial, el número de asegurados cotizantes activos era casi de 1,173,259 (627 mil del SEBD y 546 mil del SM), los pensionados eran 256 mil y las reservas contables del riesgo de IVM, según el balance general al 31 de diciembre del informe financiero del mismo año, ascendía a $4,529.2 millones, de los cuales $1,738.0 millones correspondían al SEBD y $2,791.2 millones al SM, es decir que, si no se hubiera dado la fragmentación del régimen de pensión, esos 1,173,259 asegurados cotizantes activos estarían todos cotizando en el régimen solidario y su reserva estaría por el orden de los $4,529.2 millones.

La Ley 51 del 27 de diciembre de 2005

En los tres últimos años, previo a la reforma de 2005 el déficit operacional en el riesgo de IVM (diferencia de ingresos y gastos) fue por el orden de $9,4 millones en 2002, $43,7 millones en 2003 y $42,3 millones en 2004. Sin embargo, se observa claramente que la fragmentación del régimen de pensiones no frenó el déficit operacional en los años en que se contaba con información confiable (2005-2012), sino que lo acentuó al excluir a los nuevos cotizantes activos en el SEBD; así vemos que este subsistema presenta saldo operacional negativo, el cual fue cubierto por la transferencia de recurso del fideicomiso de IVM. (Desembolso por $315,6 millones de 2008-2011, posteriormente en el año 2015 se da un nuevo desembolso por un monto de $26,8 millones) Véase el cuadro No. 1.

Una comparación de las estimaciones de ingresos, egresos y reservas del informe que impulsó las reformas de 2005 y lo realmente ejecutado en el periodo 2005-2012 indica que en los tres casos existe una brecha de subestimación de los cálculos realizados. (véase el cuadro No. 2).

A partir del último semestre de 2012 se implementaron los nuevos sistemas informáticos (SIPE y SAFIRO), los cuales distorsionaron la información contable de la CSS tanto en el estado de resultados, balance general y estado de cambio de riesgos, lo que a su vez afecta los ingresos, egresos, salarios básicos sujetos a cotización, la base de datos de los asegurados cotizantes activos y, por ende, el monto de las reservas contables.

Conclusión

Los Informes financieros de la CSS son piezas básicas en las proyecciones actuariales. No se requiere ser actuario para llegar a la conclusión de que si los datos contables y financieros tienen deficiencias, es de esperarse que los resultados obtenidos al proyectar posean sesgos estadísticos.

Bajo las actuales condiciones del SEBD, cualquier proyección que se realice con información confiable arrojaría que los egresos superan a los ingresos por concepto de cuotas obrero-patronal, ya que a este subsistema la Ley 51 lo condenó a una paulatina muerte financiera y actuarial. A este no se le garantizó su sostenibilidad financiera y actuarial a corto, mediano o largo plazo.

La situación por la que atraviesa el riesgo de IVM tiene su génesis en el modelo de crecimiento económico excluyente y concentrador de riquezas en manos de un grupo reducido de familias en nuestro país, modelo este que genera, entre otras cosas, una pésima distribución de las riquezas, bajos salarios, y propicia el empleo informal.

El autor es docente universitario y actuario.

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