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Dixon: Tribunal de Contrataciones Públicas 'secuestro' la controversia entre Tocumen y Odebrecht
- 16/10/2023 00:00
- 16/10/2023 00:00
Graciela Dixón, exmagistrada de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) y consultora de la Constructora Norberto Odebrecht (CNO), aseguró que el Tribunal de Contrataciones Públicas desconoce la ley de arbitraje y la Constitución Política de Panamá en el conflicto que existe entre la empresa y el Aeropuerto Internacional de Tocumen (Aitsa) por la terminal 2.
CNO reitera que cumplió con el contrato para la ampliación del Aeropuerto Internacional de Tocumen de Panamá (AITSA). La nueva terminal, que cuenta con 116,000 metros cuadrados y 20 puertas de abordaje tuvo un valor de $917,9 millones. El 15 de febrero de 2013, el contrato fue refrendado por la Contraloría General de la República. Desde junio de 2022, la obra entró en operación. Durante el primer año, la terminal 2 atendió a más de 9 millones de pasajeros, según datos de la administración de Aitsa.
“Después de haber recibido la obra, de estar utilizándola, Aitsa decide disolver el contrato”… reclama la exmagistrada, en una entrevista que solicitó a La Estrella de Panamá para abordar el tema.
El 28 de septiembre de 2021, Aitsa publicó la Resolución N°65.AL.21, mediante la cual resolvió administrativamente el contrato por incumplimiento e inhabilitó a la contratista por 3 años. Con la decisión, se ordenó la ejecución de la fianza de cumplimiento de $229 millones. Aitsa, además, demandó por $20 millones a la constructora ante el Centro de Arbitraje y Conciliación de Panamá.
El 6 de octubre de 2021, la constructora también presentó un recurso de apelación contra esta resolución para que quedara sin efecto. Además exige una indemnización de $25 millones a Aitsa en el Centro de Arbitraje y Conciliación de Panamá. Porque – según la consultora – no es posible dar por terminado un contrato cuando está prácticamente concluido. Explicó que solo en casos de incumplimientos sustanciales podría darse paso a una resolución administrativa. Este, sin embargo, no es el caso, indicó. “Aquí solo son detalles... “, señaló.
Dixón aclaró que en enero de 2019, para la Jornada Mundial de la Juventud (JMJ), la nueva terminal inició operaciones parcialmente, habilitándose 5 puertas de embarque. El 29 de febrero de 2020, Aitsa recibió la ampliación de la terminal 2 prácticamente concluida. La obra contaba con los permisos de ocupación de las autoridades municipales y lo de seguridad, que otorga el Benemérito Cuerpo de Bomberos de Panamá.
Para entonces, la obra tenía un avance de 99.9%. Quedaban pendientes 473 ajustes de un total 10,547. “Todo lo que fue fundamental para la operación del aeropuerto fue entregado y recibido …”, aclaró la consultora.
La disputa tocó las puertas del Tribunal de Contrataciones Públicas. Cuando Aitsa rescindió administrativamente el contrato, Odebrecht apeló la decisión ante el Tribunal de Contrataciones Públicas. Pero, el tribunal rechazó de las objeciones de la constructora.
La contratista elevó la controversia a un tribunal arbitral. Apelando a una de las cláusulas del contrato, Odebrecht pidió al Tribunal de Contrataciones Públicas enviar la disputa a la jurisdicción de arbitraje. Pero, según la abogada, el tribunal decidió no hacerlo alegando tener la competencia privativa para manejar las resoluciones administrativas de los contratos públicos. “Se niega enviar el expediente a la jurisdicción arbitral. El tribunal administrativo secuestró la controversia”, dijo Dixón.
En el criterio de la consultora, el tribunal arbitral es quien tiene la competencia para dirimir este conflicto porque en el contrato existe una cláusula que lo establece. El tribunal arbitral ha continuado con el caso. Está en la recta final, en la etapa de alegatos. Luego vendría la decisión, explicó.
La queja de la consultora es que pese a que un tribunal arbitral está dirimiendo la causa, el administrativo continúa con el expediente abierto. Es decir, que hay dos procesos andando, el administrativo y el arbitral. “El peligro que veo es que una entidad panameña desconoce lo que se establece en la Constitución Política de Panamá y en la ley de arbitraje”, señala Dixón.
“Si por algún motivo no estoy de acuerdo con algo, usted no me paga y yo quiero demandarlo a usted, resulta que tengo que ir al tribunal suyo. Cuánta confianza tendré yo, como inversionista, de que se me va aplicar justicia de manera imparcial. Para eso existen estos contratos que incluyen una cláusula arbitral”, concluyó la consultora.
Por otro lado, la exmagistrada señaló que la decisión de inhabilitar a la constructora riñe con compromisos que adquirió la empresa en la jurisdicción penal. Odebrecht realizó un acuerdo de colaboración eficaz con la justicia panameña para identificar a los partícipes de una estructura de corrupción que otorgaba coimas para garantizar contratos estatales.
En 2017, el Ministerio Público impuso una multa de $220 millones a la empresa por su participación en este esquema. Esa suma debía pagarse en cuotas anuales de $18 millones por un periodo de 12 años.
Esa multa – según la exmagistrada -se pagaría considerando la capacidad de pago de la empresa en el contexto de su funcionamiento y actividad en el país. El estado “debe preservar la operatividad y funcionalidad” de la empresa, dijo la consultora, mencionado una de las cláusulas del acuerdo del Ministerio Público con Odebrecht.
La empresa ha pagado $57.2 millones. CNO propone ceder sus créditos con el Estado para amortizar la multa. La compañía solicitó reuniones con el Ministerio de Economía y Finanzas, Ministerio de Obras Públicas, Ministerio de Vivienda y Contraloría General de la República para alcanzar un consenso.