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- 23/11/2015 01:00
- 23/11/2015 01:00
El gremio de asistentes de vuelo denunció un trato ‘discriminatorio' en una norma que próximamente comenzaría a regir en Panamá y afecta la entrada de productos y mercancías por este grupo que labora para las aerolíneas.
La medida, específicamente, contempla la restricción para los tripulantes de cabina de traer al país, sin pago de derechos e impuestos, mercancías nuevas para su uso y el de su familia por una suma que no exceda de $2 mil.
Los agremiados del Sindicato Panameño de Auxiliares de Abordo (Sipanab), fundado en 2001, dijeron que les quieren quitar el beneficio que tiene el resto de las personas; es decir, ‘no tendrían derecho de pasar absolutamente nada en sus maletas'.
Los auxiliares de cabina amenazaron con emprender protestas en las calles si las autoridades del Gobierno no los invitan a conversar, antes de que el decreto entre en vigencia.
Rogelio Quinn, secretario general y representante legal de Sipanab, dijo a La Estrella de Panamá que en el texto del documento que está en la Presidencia de la República, al que tuvieron acceso, se otorga el derecho a todos los viajeros a realizar compras hasta por un máximo de $2 mil, pero excluye tajantemente a los auxiliares de cabina en el artículo 121.
‘Es un decreto de Gabinete excluyente... Es un proyecto que está en la Presidencia y que lo tienen en su agenda, solo le falta número para promulgarlo, pero está listo', expresó el dirigente.
Por ejemplo, si el sobrecargo tiene que adquirir un medicamento necesario para él o su familia, no podrá hacerlo, adujo el dirigente Quinn.
El Sipanab, que aglutina a unos 1,800 asistentes de vuelo, apoyados por un grupo de capitanes de avión, protestó el viernes en la plaza Catedral, cerca de la Presidencia, para llamar la atención de las autoridades y exigir respuesta.
Ese día, plasmaron la necesidad de reunirse con el equipo responsable del proyecto para que sea revisado y corregido. Según Quinn, el texto al que tuvieron acceso es inconsulto, discriminatorio y no se puede imponer como una normativa nacional.
‘El sindicato aumentará las acciones de fuerza para cambiar la norma', advirtió.
RESTRICCIONES
El cuestionado artículo 121, según Sipanab, enlista a los tripulantes una serie de objetos que podrán ingresar en sus maletas de uso cotidiano.
Además, de las prendas de vestir y objetos de uso personal, siempre que sean usados, solo podrán llevar objetos de tocador, medicamentos, una secadora para el cabello y una máquina rasuradora o para depilar eléctrica.
La regulación abarca una cámara fotográfica, un teléfono celular y dos computadoras portátiles, la personal y la asignada por la compañía para las labores.
Una fuente de la Autoridad Nacional de Aduanas informó a este medio que como parte de los acuerdos internacionales que se han suscrito, Panamá tiene que adoptar algunas reglamentaciones que están establecidas en el Código Aduanero Uniforme Centroamericano (Cauca) y para ello se están analizando algunas disposiciones.
El Cauca, aprobado por la región centroamericana, entró en vigencia el 25 de abril de 2008 para facilitar el intercambio comercial y disminuir el contrabando.
El artículo 121 está incluido en las reglamentaciones, pero aún no se está aplicando, pues está en análisis, destacó la fuente aduanera.
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LOS NÚMEROS VIAJEROS
El decreto no ha sido promulgado por el Ejecutivo
2 mil dólares es la cantidad en mercancías que podrá introducir un viajero al país, como un monto máximo sin pagar impuestos.
1,800 el número de tripulantes de cabina sindicalizados que podrían verse afectados si la norma es promulgada por el Ejecutivo.