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Abogado de Robinson considera ‘ilícita’ la recaudación de fondos para impugnar candidatura
- 04/06/2024 12:11
- 04/06/2024 11:56
El equipo legal del reelecto diputado por el circuito 1-1, Benicio Robinson, se refirió a las acciones legales que se han presentado contra su defendido y aseguró que el mecanismo de colecta utilizado para presentarlas es “ilícito”.
El pronunciamiento ocurrió luego de que el excandidato a diputado en el circuito 1-1, Ubaldo Vallejos, presentara un recurso de apelación a la ya rechazada demanda de impugnación a la elección de Robinson.
En una conferencia de prensa, el abogado Carlos Carrillo, manifestó que ‘’la impugnación ni siquiera tiene base alguna’’.
La demanda de impugnación contra Robinson alega varias razones, entre ellas: el exceso del tope de gastos de campaña, fijado en $300 mil dólares. Ante esto, Carrillo sustentó que el perito encargado del estudio de los gastos de campaña fue candidato a suplente de diputado en el mismo circuito 1-1. ‘’El señor Vallejos, en este caso, no tiene legitimidad ¿por qué?, porque simplemente él no es el siguiente en la lista correspondiente de la proclamación’’, agregó.
Según Carrillo, la ilegitimidad de la demanda yace en que a Vallejos no le corresponde impugnar, debido a que el siguiente en la lista de proclamación es otro candidato del Partido Revolucionario Democrático (PRD): Abel Beker. ‘’Si hubiera algún tipo de variación, la curul le seguiría correspondiendo al PRD (...), que es al Sr. Beker’’.
Sobre la fianza de 25 mil dólares que tuvo que presentar Vallejos para impugnar, el equipo legal de Robinson considera que convocar a un ‘yappyton’ para colectar los fondos es ‘’ilícito’’. ‘’No puede ahora utilizarse la colecta pública para los efectos de esconder los orígenes del dinero’’, sentenció Carrillo.
La decisión sobre la apelación a la decisión del juzgado electoral, que rechazó por ‘inadmisible’ la impugnación, debe ahora ser revisada por el pleno del Tribunal Electoral, compuesto por tres magistrados, según detalla el Código Electoral como segunda instancia.