El buen trato en casa y una vida sin violencia son algunos mensajes incluidos en las letras de las ‘Chiquicoplas’, una versión de las tradicionales coplas...
Hace aproximadamente tres años en el Consejo Nacional de Trabajadores Organizados (Conato), se discutió la necesidad de lograr una propuesta de reformas a la CSS, que le permitiera contar con una herramienta que sirviera al movimiento sindical y popular y a la comunidad nacional tener una opción basada en el sistema solidario, sin cuentas individuales ni aumento de la edad de jubilación. Así, apoyados en un equipo de profesionales economistas, y actuarios, teniendo como base el documento elaborado desde la Universidad de Panamá, se logró construir la propuesta de reformas integrales a la Ley 51 de 2005 de la CSS.
Esta propuesta se validó en un recorrido a nivel nacional con la participación de todas las bases del Conato y posteriormente, fue presentada y sustentada en los espacios públicos donde fuimos convocados, como en la Mesa de la Escucha en la Presidencia de la República, en donde los diversos sectores participantes respaldaron la propuesta y se logró que nueve de once organizaciones acordaran que se estableciera el Sistema Solidario de Beneficio Definido, como estructura base de la seguridad social.
La Asamblea Nacional también abrió la convocatoria pública de consulta, donde participamos junto a más de 600 personas y sustentamos técnicamente nuestra propuesta solidaria. Sin embargo, quienes hemos expresado nuestras propuestas, hemos sido violentados desde el punto de vista institucional, ya que se tomaron muy pocos aspectos en cuenta, y se dejaron de lado aspectos medulares. Entre estos aspectos claves presentamos algunos que la profesora Ana Patiño, asesora de Conato, resume del Texto Único del proyecto 163:
1. Desaparece la solidaridad, hay cambios en la estructura del sistema de pensiones: Se migra a un nuevo Sistema de Cuentas Individuales Nacionales Puras, denominado “Sistema Único Capitalización Solidario”. Modelo que ha fracaso en los países en los que se ha implementado, ya que otorga bajos montos de pensiones menores a 30 % del promedio salarial cotizado. (Art. 101).
2. Eliminación progresiva de los dos sistemas: el Exclusivo de beneficio definido y el Mixto: El de beneficio definido queda cerrado, no entra ningún nuevo asegurado, y el mixto a partir de febrero de 2036 pasará a formar parte de las Cuentas individuales. Eliminar la opción de los trabajadores jóvenes de elegir el sistema que les garantice bienestar con mejores montos de pensiones vitalicias por vejez (Art. Nuevo 17 y 18).
3. Cambio de método de cálculo y disminución del monto de las pensiones:
- Se elimina la tasa de reemplazo del salario del 60 % del monto de la pensión dependerá de lo que se logre acumular en una cuenta que se capitalizará (aumentará) en base a una tasa de rendimiento especulativo.
- Se baja a una tasa de reemplazo de 40%, no queda clara la propuesta de que los asegurados del sistema mixto y los de la capitalización solidaria no podrá recibir una pensión inferior al 40 % (Art. 118).
- Elimina el promedio de los 10 mejores años de salarios, se utilizarán todas las cotizaciones acumuladas por el trabajador desde que empieza a laborar, incluyendo los salarios más bajos. (Art. 169, y 170).
- Aumento indirecto de la edad de jubilación, se aplica un Factor de Pensionamiento Actuarial que multiplica y aumenta lo ahorrado, este factor será más alto a mayor edad para 57 años será 4.77 y para 80 años será de 7.94. Por lo tanto, los asegurados tendrán la obligación de retirarse con mayor edad para lograr una pensión más alta. Esto dificulta el relevo generacional y empleo juvenil (Art. 125, numeral 4).
4. Aumento de la cuota de los trabajadores independientes los cuales aumenta de 8,5 % a 9,36 % y pasarán de forma inmediata a pertenecer al Sistema de Cuentas Individuales. Esto desincentiva el interés de los independientes contribuyentes a cotizar a la CSS (Art 103).
5. No se incorporan a los informales: se crea la afiliación voluntaria de trabajadores informales, sin establecer claros mecanismos que viabilicen la afiliación de las y los trabajadores que representan el (49,3 %) de los trabajadores del país, dejándolos sin cobertura y pensiones a futuro. (Art 46).
6. Se posibilita la administración privada de las inversiones. La CSS y la Comisión de Riesgo e Inversiones podrá solicitar a la junta directiva la Contratación Pública de Administradoras de Inversiones, solo hasta el 10 % de la reserva y el 90 % se delegará al Banco Nacional y a la Caja de Ahorros, sin embargo, la ley no establece que estos bancos de licencia general no podrán contratar a su vez administradores de inversiones de los recursos del Fondo de Reserva (Art. 65 y Art. Nuevo 13).
Señor presidente, Sras. y Sres. diputados, demandamos que se solicite a la OIT que su equipo venga a Panamá y presenten las corridas actuariales y escenarios que con base en las variables propuestas por el equipo técnico de Conato y Conusi demuestran la sostenibilidad financiera del Sistema Solidario, y que sin cuentas individuales, sin reformas paramétricas y sin privatización podemos llegar a 2095. Hagan una cadena nacional y muéstrenle al país esta propuesta. No tenemos nosotros, las y los asegurados, que enriquecer a las financieras, aseguradoras y la banca con el dinero de la Caja de Seguro Social, que es de la familia panameña. Además, demandamos que se le liberen las cuentas al Sindicato Único Nacional de Trabajadores de la Industria de la Construcción y Similares (Suntracs).