• 09/09/2016 02:00

La Teoría del Caso en el SPA

Es obvio que los abogados con el Sistema Penal Acusatorio (SPA) debemos cumplir nuevas exigencias en nuestro quehacer laboral

Es obvio que los abogados con el Sistema Penal Acusatorio (SPA) debemos cumplir nuevas exigencias en nuestro quehacer laboral. Una de ellas es que debemos construir la llamada Teoría del Caso, la cual mantiene como meta explicar el desenvolvimiento de los hechos, junto a la participación que el investigado mantuvo para establecer ante el órgano juzgador que la versión presentada ostenta veracidad. Lo anterior involucra que el abogado examine el material que constituye la investigación (hechos estructurados e injerencias que pueden ser ciertos o no) para percibir los escenarios que muestre al juez, además de las normas acordes a cada uno, determinando cuál resulta favorable a su representado.

Por ello debe revisar las fuentes de información disponibles como lo son los involucrados, testigos, informes periciales, que le permiten detectar si hay factores para una representación exitosa del caso, edificando la Teoría del Caso, que sencillamente podemos reconocerla como el argumento que los litigantes plantean para explicar lo ocurrido, y la actuación del defendido, si la hubo. La misma debe nutrirla por el conjunto de hechos de que se mantiene conocimiento, adicional de los preceptos legales aplicables al caso.

Importante resulta señalar que las pruebas emergen en el juicio, ante el principio de inmediación y de contradicción. Resulta oportuno reconocer que debemos identificar con un lema nuestra Teoría del Caso, que defina la postura del abogado con lo ocurrido y desde luego que ejerza impacto en el juez. La Teoría del Caso debe acompañar al defensor, al fiscal y al querellante, es una brújula dentro del proceso y para lograr su efectividad debemos desarrollarla desde el inicio hasta el fin del juicio; pues, es una herramienta vital en la organización y planeación estratégica. Como advertimos al principio de estas líneas, en este sistema hay requisitos que cumplir, por lo que todos los litigantes debemos concurrir al proceso con claridad, con una teoría que explique lo que ocurrió y que por medio de ella podamos velar por los sagrados intereses de nuestros representados.

La Teoría del Caso es una de las realidades de índole procesal-penal que la comunidad panameña percibirá desde el día dos de septiembre del presente, además de los medios alternos de solución del conflicto social surgido a consecuencia del hecho punible, los plazos para la detención preventiva, los Acuerdos de Pena, la acción resarcitoria, entre otras, que constituye un nuevo proceso penal que en esencia proclama un Garantismo que, junto a los Principios expuestos en el artículo n.º 3 del Código de Procedimiento Penal, nos permite comprender la filosofía del Sistema Penal Acusatorio.

DEFENSOR PÚBLICO DE COCLÉ.

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