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Neutralidad y geopolítica: una advertencia para Panamá
- 24/04/2025 23:00
La propuesta de implementar un esquema de “costo neutro” entre Panamá y Estados Unidos para el tránsito de buques de guerra estadounidenses por el Canal de Panamá ha despertado una legítima preocupación nacional e internacional. Bajo este mecanismo, los peajes que deberían ser pagados por dichas embarcaciones serían compensados indirectamente por Panamá mediante la prestación de servicios de seguridad por parte de Estados Unidos. A primera vista, puede parecer una fórmula de cooperación, pero sus implicaciones jurídicas y geopolíticas van mucho más allá.
Este tipo de propuesta no puede analizarse de forma aislada. Debe entenderse dentro de un marco más amplio: el de la política exterior del presidente estadounidense Donald Trump, que ha marcado un cambio radical en la forma de conducir las relaciones internacionales. Su doctrina “America First” consolida una visión transaccional en lo que solo se considera legítimo aquello que redunda en beneficios tangibles y unilaterales para Estados Unidos. Esta lógica explica decisiones como la retirada de acuerdos multilaterales, presiones comerciales e incluso la compra de territorios estratégicos o el control de recursos minerales clave.
En ese mismo espíritu, Trump llegó a expresar públicamente que el Canal de Panamá había sido “un regalo” que no estaba siendo “debidamente respetado”. A la luz de esa mentalidad, la idea de recibir servicios de seguridad a cambio del paso gratuito de buques estadounidenses no solo resulta preocupante: representa una amenaza directa al régimen jurídico que garantiza la neutralidad del Canal.
Este régimen está consagrado en el Tratado Concerniente a la Neutralidad Permanente y al Funcionamiento del Canal de Panamá de 1977, y su violación tendría consecuencias diplomáticas graves. Veamos por qué.
1.) El Tratado exige que el Canal esté abierto “a los buques de todas las naciones en condiciones de entera igualdad”, lo que abarca no solo el acceso físico, sino también las condiciones económicas, operativas y administrativas. Cualquier mecanismo que beneficie económicamente a una nación sobre otras rompe este equilibrio.
2.) Prohibición de exenciones (artículo III): Se establece que todos los buques, incluidos los militares, deben pagar peajes, sin discriminación por bandera, tipo o carga. Un esquema de “costo neutro” que compense solo a EE.UU. constituiría una exención disfrazada, incompatible con el texto y el espíritu del tratado.
3.) Condiciones de cooperación (artículo V): Aunque el Tratado permite la cooperación en defensa entre Panamá y EE.UU., establece límites claros:
a.) Dicha cooperación no puede estar vinculada a tarifas ni dar lugar a contraprestaciones económicas relacionadas con el tránsito.
b.) Toda cooperación debe ser transparente y no generar privilegios operativos o financieros para una nación en particular.
Aceptar un trato especial para Estados Unidos implicaría una ventaja económica para una sola potencia y podría provocar reclamos por parte de otras potencias con intereses navales en la región, como China, Rusia, Francia o el Reino Unido. La neutralidad no es solo una obligación para Panamá, sino un compromiso multilateral frente a la comunidad internacional.
Además, un arreglo preferencial, aunque sea indirecto, puede abrir la puerta a:
• Demandas internacionales por violación al principio de igualdad.
• Represalias diplomáticas o económicas.
• La erosión del prestigio y la credibilidad del régimen de neutralidad, cuidadosamente construido desde la reversión del Canal.
Panamá no puede compensar el pago de peajes a través de arreglos que impliquen reembolsos, créditos cruzados, condonaciones implícitas o contraprestaciones encubiertas. Cualquier forma de subvención o trato preferencial a una potencia específica contradice el principio de neutralidad y debilita la soberanía panameña.
La única vía jurídicamente aceptable para una cooperación en materia de seguridad es a través de acuerdos bilaterales autónomos, claramente separados del régimen tarifario del Canal, y que no interfieran con sus normas de neutralidad.
El Canal de Panamá es más que una infraestructura: es un símbolo de soberanía, legalidad y equidad. La neutralidad no se negocia: se respeta, se protege y se honra.