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- 04/11/2015 01:01
Símbolos de la Nación y signos de la nacionalidad, diferencias...
Los Símbolos de la Nación panameña son: el Escudo de Armas, la Bandera y la letra y música del Himno Nacional, de acuerdo a la Ley 2 del 23 de enero 2012. Los signos de la nacionalidad son: la Flor del Espíritu Santo, la Pollera con sus accesorios, las monedas del Balboa, el Águila Arpía, los restos arqueológicos de las culturas indígenas, la torre de Panamá Viejo, las vestimentas idiosincráticas de las culturas indígenas actuales, se incluyen las molas y las chaquiras, y otros accesorios indígenas, etcétera. Por tanto, hay una diferencia semiótica entre símbolo y signo. ¿Cuál es? ¿Qué quiere decir Símbolos de la Nación ?
Los Símbolos de la Nación son imágenes icónicas que relacionan al ciudadano panameño con los valores y referentes cívicos de la identidad colectiva. Por eso el Estado panameño es el titular de los derechos de autor sobre los símbolos patrios. Los símbolos son generales; propenden valores de sentido y pertenencia a una comunidad, pueblo e identidad nacional, e incluyen a una totalidad heterogénea de personas, culturas, confesiones religiosas, etnias, y para estar más allá de lo individual deben estar regidos por la ley. Por eso el Estado panameño es el titular de la propiedad intelectual de los Símbolos de la Nación y el Ministerio de Gobierno custodia esos derechos.
Los referentes de sentido para representar lo individual, lo particular, se llama signo , lo cual es muy diferente a un símbolo. En un anexo de la Ley 2 del 23 de enero del 2012, a estos signos de la nación se les denomina elementos tradicionales del folclore , se definen como aquellos elementos significativos de la nacionalidad como: representaciones del Istmo, la Flor del Espíritu Santo, el águila arpía, el jaguar, el árbol Panamá, la pollera, la moneda de Balboa, la rana dorada, la torre de Panamá Viejo, las huacas. Por eso su nombre es el de signos patrios .
Por tanto, la Bandera, el Himno Nacional, el Escudo de Armas de la República son los únicos símbolos patrios, porque representan a todos los panameños y los valores que configuran la nacionalidad como parte de un mito de origen y pertenencia a un Estado. La idea correlaciona al individuo con la nación y el origen del Estado, y para que sean símbolos patrios están regidos por normas determinadas por la Ley. Por ejemplo, no se puede poner la estrella de David en la Bandera de Panamá, como lo hicieron los comerciantes hebreos, al inicio de la República, cuando pensaron que Panamá iba a ser una colonia judía.
Por esta razón cualquier persona no puede usar el Escudo de Armas en su uniforme. Debe aparecer en las embajadas y consulados panameños. No se pueden arropar con la bandera, se establecen normas correctas para izarla y desplegarla. La Ley 2 de 23 de enero del 2012 establece dónde y cómo deben usarse los símbolos patrios. Se usan representaciones de la bandera en balcones, fachadas, recintos y se pueden usar banderas, listones, pollerines. Las representaciones diplomáticas podrán enarbolar sus banderas, acompañadas de una bandera nacional. La Bandera se enarbolará en los edificios públicos y naves de bandera panameña y que entren en los puertos nacionales, en las casas se puede poner para festejar los días patrios, se puede llevar en toda marcha o desfile, siempre que sea de carácter pacífico, no se puede usar en cantinas, burdeles, discotecas, etc.
Por esta razón no se pueden cambiar la letra de Jerónimo de la Ossa ni el ritmo de la música escrita por Santos Jorge. Toda interpretación debe ajustarse al patrón oficial del Himno Nacional, poema del poeta simbolista panameño Jerónimo de la Ossa Escobar y la música de Santos Jorge. Como poema, el Himno Nacional tiene marcado en su letra un ritmo versal, al cual se adaptó la música para ser cantado. Habrán tres versiones oficiales del Himno Nacional: piano y voz, la banda de viento y percusión o la sinfónica con el coro de voces o sin coro. En ninguna se dice que usted puede cambiarlo al ritmo de balada, reggaetón, salsa, merengue o ranchera. La Ley es específica cuando lo prohíbe, además añade que las ejecuciones se pueden hacer con otros instrumentos siguiendo el patrón oficial. Un Himno es tal por ser un símbolo regido por la Ley y no se puede cambiar de forma antojadiza u oportunista.
Los símbolos son representación de los valores de la nacionalidad, le sirven al pueblo para orientar la lucha cívica para perfeccionar al Estado. En cambio el poema Patria es un signo, porque es la interpretación de un autor, Ricardo Miró, sobre la idea de Patria. Lo mismo ocurre con la canción Patria de Rubén Blades.
Los Signos de la Nacionalidad se denominan en los anexos da la Ley como elementos tradicionales del folklore, aunque en su especificación incluyan elementos no folklóricos y se especifican, como la Flor del Espíritu Santo ( Peristeria elata ). Representa la naturaleza particular de Panamá y, por extensión simbólica, la fe católica mayoritaria.
La Pollera, traje típico nacional, es un signo de la nacionalidad. La pollera representa la gracia y el donaire de la mujer panameña, imbricada con la tradición cultural española, tradición que nace del traje de la mujer cordobesa y que ha ido evolucionando desde la época de la colonización hasta ser uno de los trajes folklóricos más elaborados del mundo. Existe la tendencia de alterar las formas clásicas de la pollera por ser un traje costoso de elaborar y, por ser un signo de la nación, se pueden hacer variantes. Si se busca evitar esas variantes, la pollera debe pasar a ser un símbolo patrio.
Balboa (moneda metálica). Es un signo de la historia y alude al descubrimiento del Mar del Sur por Vasco Núñez de Balboa.
Águila Harpía. Ya está representada en el escudo como imagen icónica y ahora se representa como el águila nacional.
En este mismo sentido se reconocen como signos las huacas, elementos idiosincráticos de las culturas indígenas anteriores a la conquista, protegidos como patrimonio cultural panameño por todas las convenciones de la Unesco; el jaguar, ejemplo de la fauna nacional; la rana dorada, ejemplar de anfibio propio del país; el árbol Panamá, especie que le da nombre al Estado; la torre de Panamá Viejo, vestigio de la primera ciudad colonial.
La Ley crea una codificación para establecer el significado de las palabras con las cuales se ha de interpretar la Ley de los Símbolos de la Nación. El símbolo está imbuido de un valor de sacralidad; por tanto, todos los símbolos comparten para sus usuarios y destinatarios este valor por medio del respeto y la veneración que encarna esa sacralidad que engloba a la totalidad de una nación.
Los Símbolos Patrios panameños están correlacionados, los colores representan los grupos liberales (rojo) y conservadores (azul) que alcanzaron la paz para hacer posible la independencia, ‘en el campo feliz de la unión ', como dice el Himno. Ambos tienen como trasfondo el color blanco de la paz que los une en el nacimiento de una nación, la cual, según el Escudo, tiene un fin altruista ( Pro Mundo Beneficio ). El Escudo, además, representa los frutos de la paz, el canal interoceánico, el trabajo, la riqueza simbólica de la tierra y el progreso del comercio, los cuales son solo posibles por la paz.
Los Símbolos de la Nación son símbolos también porque representan una acumulación de experiencias históricas; porque crearon ideales de lucha y valores de identidad al pueblo panameño que, unido bajo estos símbolos, construyó el perfeccionamiento del Estado, luchando en las calles y dejando a lo largo de la historia el ejemplo de los mártires de la patria. Ellos entraron a la Zona del Canal armados con los Símbolos Patrios: la Bandera Nacional, el Escudo de Armas y el Himno Nacional y su victoria fue la de todo un pueblo. Por eso hay que respetar los Símbolos de la Nación.
‘ENSAYISTA Y NARRADOR DEL PANAMÁ LITERARIO '.