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- 05/02/2015 01:00
Juntas comunales y sistema educativo
A mi mano llegó el Decreto N° 5 de enero del 2014, por medio del cual el Ejecutivo modifica el artículo 4 del Decreto Ejecutivo N° 9 de 7 de febrero del 2006, que le otorga participación a las juntas comunales en la reparación y adecuación de los centros educativos que están en su corregimiento.
Me ha preocupado, porque he podido escuchar voces de grupos magisteriales que han procedido a satanizar esta iniciativa, que a todas luces da inicio a la preparación para que se vaya implementando la tan cacareada Descentralización Municipal, con esto los gobiernos locales comienzan a tomar mayor protagonismo, y a asumir nuevos roles. Configurándose así como impulsor del desarrollo económico-social, fortalecedor del proceso democrático y, en muchos casos, receptor de las demandas y necesidades sociales de las comunidades.
Los que se oponen destacan que las juntas comunales no son organismos confiables, para desarrollar estas actividades, porque se estaría dando paso al clientelismo político dentro de la educación, cosa más alejada de la realidad, ya que el mismo Decreto destaca que el artículo 4 quedará así: ‘Los fondos destinados a los centros escolares del primer y segundo nivel de enseñanza del Ministerio de Educación y los del IPHE, serán administrados por el director (a) del centro escolar y la comunidad educativa escolar, bajo la supervisión de la Dirección Regional de Educación y la Oficina de Administración del Fondo de Equidad Calidad de la Enseñanza (FECE)’, los mismos protagonistas que desde hace nueve años lo han estado haciendo.
Estos protagonistas del sistema educativo no han sido excluidos de la utilización de los fondos que hasta ahora se asignan a los centros escolares, de los fondos que a nosotros nos deducen del Seguro Educativo y que son distribuidos a ellos, dependiendo de la cantidad de alumnos que tienen, lo que se introduce en este Decreto es la cooperación del gobernador de la provincia, del alcalde y de los representantes de corregimiento. En cuanto a la utilización de estos fondos, se les indica a sus administradores que deben dar informes cada mes y colocarlos en lugares públicos y fijos. Y ahora incluye remitir una copia a la junta comunal, sería bueno saber si desde el 2003 esto se está cumpliendo.
El Ministerio de Educación podrá designar fondos del FEC a las juntas comunales, ‘únicamente para la reparación y adecuación de los centros educativos del respectivo corregimiento’ y estos deberán coordinar todas las tareas con la Dirección Regional de Educación, la Dirección del Centro Educativo y la respectiva comunidad educativa, a fin de garantizar a la población estudiantil un ambiente adecuada, no veo ningún problema en estos, las juntas comunales ahora se convertirán en parte del desarrollo de nuestra educación.
A la par, tiene lugar un proceso de modernización, que tiene como objetivo que la administración pública abandone las prácticas burocráticas y rutinarias, e introduzca nuevas herramientas que le permitan actuar de acuerdo con las demandas y necesidades sociales dando respuestas en forma eficaz y eficiente.
PERIODISTA