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- 21/03/2015 01:01
El Decenio de los Africanodescendientes
‘Una nación no puede juzgarse por cómo trata a sus ciudadanos con mejor posición, sino por cómo trata a los que tienen poco o nada’, Nelson Mandela.
En el Día Mundial contra la Discriminación Racial, toma fuerza que en la Declaración Universal de Derechos Humanos se introduce el principio de igualdad sin distinción alguna y el principio de no discriminación para todos los seres humanos. El derecho al goce de los derechos humanos sin discriminación alguna es uno de los principios más fundamentales sobre el que se asientan las normas internacionales de derechos humanos y figura en casi todos los principales instrumentos relativos a estos derechos y en la Carta de las Naciones Unidas.
El Decenio de los Africanodescendientes, se constituye en una importante palanca para la visibilización de los históricamente invisibilizados, discriminados y excluidos.
Discriminación Laboral
En tiempos de globalización asistimos a una de las prácticas que tienen mayor presencia en nuestras sociedades, como lo es la discriminación laboral. El uso de excusas o argumentos para desconocer los derechos adquiridos por los trabajadores en las distintas áreas de la producción. De igual manera, en el Sector Público, producto de la descomposición institucional, podemos apreciar abuso de poder por parte de los funcionarios encargados de hacer cumplir las leyes.
Partiendo del principio constitucional de que son servidores públicos, las personas que ocupan cargos remunerados por el Estado, cualesquiera que sea la naturaleza del régimen jurídico de la institución a la que pertenecen, les está garantizando a todos los servidores públicos, por disposición constitucional el principio de igualdad y no discriminación en las relaciones de trabajo.
En el artículo 67 de la Constitución se establece el principio de paridad e igualdad: ‘A trabajo igual en idénticas condiciones, corresponde siempre igual salario o sueldo, cualesquiera que sean las personas que lo realicen...’.
El principio de ‘Igualdad ante situaciones iguales’ que exhibiera el magistrado Rogelio Fábrega Zarak, en la Resolución de 16 de julio de 1999, en la cual manifiesta que ‘el tratamiento no discriminatorio implica un tratamiento igualitario de las personas, naturales o jurídicas, que se encuentren en una misma situación’.
Discriminación en el Sistema Penitenciario
Llama la atención y sería objeto de estudio la práctica del perfilamiento racial, y la reiterada agresión que sufren los Africanodescendientes, tanto así que estimamos que un 90 por ciento de la población carcelaria es africanodescendiente. Esto tiene diversas explicaciones que parten de la discriminación, el racismo y la exclusión social dirigida hacia esta población sistemáticamente a lo largo de la historia.
Los familiares de los detenidos son vejados en las revisiones en sus partes íntimas por parte del personal de la cárcel. Este abuso y sometimiento a ciudadanos humildes, podría ser resuelto de manera sencilla con la instalación de un aparato de Escáner, en las entradas de cada centro penitenciario, como lo hacen en los aeropuertos, de esta manera evitaría el abuso y vejación que sufren los familiares. Lo único que falta es disposición y creatividad para poder resolver los problemas de la población.
Chomsky destaca la reacción de la población vulnerada frente a los abusos, así: ‘Cuando la población se aisla y se enajena cada vez más, tiende a presentar actitudes muy irracionales y autodestructivas. La gente necesita que su vida tenga algún sentido. Desea identificarse con algo. No quiere vivir pegada a la televisión. Entonces, si las opciones constructivas están anuladas, las personas recurren a otras opciones’(1).
Hinkelammert en esta línea de pensamiento señala:
‘La exigencia de una vida decorosa también para aquel que menos tiene, y que Tomás exige, corresponde a un principio de prudencia. Excluye la actuación en función del cálculo del mínimo de lo aguantable para exigir una vida decorosa para todos, aunque la precisa calidad de ésta quede dependiendo del estado social de cada quien. Es un principio de limitación del cálculo del poder, que emana de la misma lógica del poder en cuanto se somete a la exigencia de la sostenibilidad de la vida humana. Para que haya sostenibilidad de la vida humana y, por tanto, sostenibilidad de la propia sociedad debe haber orientaciones más allá del cálculo del máximo de poder y de la ganancia’(2).
Es una necesidad creciente la elaboración de políticas públicas que den respuesta a este importante grupo de población, los africanodescendientes; para ello se requiere contar con personas que puedan aportar en la construcción adecuada de la inclusión social, y poder potenciar el llamado Decenio de los Africanodescendientes para fortalecer la cohesión social y la inclusión verdadera de estos ciudadanos de pleno derecho.
ECONOMISTA
(1) CHOMSKY NOAM. ‘CÓMO FUNCIONA EL MUNDO’. KATZ EDITORES, MADRID, 2012, P. 145.
(2) HINKELAMMERT FRANZ ‘SOLIDARIDAD O SUICIDIO COLECTIVO’, AMBIENTICO EDICIONES.