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- 05/04/2022 00:00
Criminalización de la decencia, un microanálisis
Hay un servidor público al que la investigación ha prestado poca atención en nuestro país: el agente policial. No sabría decir si es intencional o no, lo cierto es que la historia permite observar su comportamiento en el lente microscópico, para ver problemas y realidades poco evidentes. El enfoque microhistórico permite esa mirada poco convencional de un hecho, una persona, un comportamiento poco o muy importante, en el tiempo largo o corto. Una escala de observación diferente nos muestra otra realidad social.
Ante la incesante criminalidad que campea en nuestro país y que pareciera superar las actuaciones de los estamentos de seguridad, han proliferado por doquier los retenes en los que fortuitamente se ha logrado neutralizar algunas actuaciones delictivas. Sin embargo, se advierte en estos, la criminalización de todos los ciudadanos al invocarse sin motivación o justa sospecha la REQUISA, que no en pocas veces ha terminado en allanamiento vehicular.
El artículo 325 del Código de Procedimiento Penal es explícito cuando señala que la requisa se ejecuta cuando hay motivos suficientes para presumir que dentro del vehículo se lleva un objeto relacionado con un delito y se solicita exhibirlo. Es decir, la requisa debe ser producto de un seguimiento investigativo, no al azar ni por prejuicios, por ende, el agente debe advertir a la persona de la sospecha y el objeto preciso que busca.
Las experiencias propias y ajenas han permitido comprobar que unos pocos agentes de la policía desconocen que estas actuaciones transgreden, violentan y afectan derechos. Pero, los agentes de la Sección de Investigación Judicial (D. I. J.) y los de la Dirección de Inteligencia Policial (D. I. P.), cuyas actuaciones están vinculadas al Ministerio Público, sí incurren en la prevaricación so pretexto de revertir la criminalidad. En consecuencia, el fundamento de la justicia pierde su carácter ético.
Es importante que los ciudadanos decentes de este país entendamos que los Derechos Humanos son connaturales a todo individuo, sin distinción, por el solo hecho de ser persona. Por tanto, aunque los desconozca no quiere decir que no los posea, mucho menos que le puedan ser violentados. Esa actitud del agente policial, algunos la entienden como parte de una postura estatal de adoctrinamiento ciudadano: construcción político-ideológica. Sin embargo, es fácilmente franqueable a través del conocimiento de nuestros derechos y garantías fundamentales.
Pero, el asunto se torna tosco cuando los ciudadanos ilustrados por la razón y la ley le ponen en conocimiento de la ilegalidad de sus procedimientos. Ello, constituye una actitud sospechosa que se tipifica de alzada, la cual amerita reducción. La verificación, en ocasiones, con subsecuente retención de documentación personal y vehicular, aunado a la invocación de la presencia del fiscal constituyen los mecanismos coercitivos de los que echan mano, para empujar al ciudadano a la autoviolación de sus derechos.
Por desconocimiento de sus derechos, por miedo, por no pasar un mal rato o por no perder tiempo, el ciudadano legitima una condición de criminal; incluida la infame frase ensalzada por muchos fiscales “Quien nada debe, nada teme”, que, en estas circunstancias violatorias de derechos, todos debemos repudiarla. Ni siquiera cabe el pretexto de que hacen su trabajo, puesto que ningún oficio debe ir en detrimento de los Derechos y garantías fundamentales propias ni de otros.
En definitiva, la historia sirve para “mostrar los vestigios del pasado que aún perduran y que se representan cíclicamente, aunque con nuevos disfraces...” (Levi, 2006, p. 422). El análisis microhistórico nos muestra cosas relevantes cuando aparentemente parece no suceder nada. Así logramos ver, desde el psicoanálisis, cómo los ciudadanos decentes hemos venido legitimando nuestra criminalización, estigmatización o violación de Derechos y garantías constitucionales, ante la postura prevaricadora de estos servidores públicos.