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- 09/05/2022 07:10
Verificación de incremento del precio de viviendas nuevas
El procedimiento de verificación de incremento de costos que utiliza la Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (Acodeco) para la validación o no de los incrementos de precios de la vivienda que los agentes económicos informen a los consumidores al adquirir una unidad inmobiliaria nueva, se encuentran contenidos en la Resolución No. 028-20 de 25 de junio de 2020.
Se parte de la premisa, de que todo caso será debidamente analizado de forma individual a la luz de sus propios hechos. Estos lineamientos que en sí, lo que buscan es que el incremento esté sustentado, incluyen que el porcentaje de incremento notificado por el agente económico al precio de la vivienda, no sobrepase el porcentaje establecido en el contrato de promesa de compraventa firmado por las partes, que el ajuste de precio relacionado al incremento de costos de materiales de construcción, mano de obra, tasas de interés entre otros, solo podrá ser cobrado una sola vez y que debe ser notificado al consumidor posteriormente a la fecha en que el proyecto haya alcanzado el 80% de avance de construcción de la obra.
El agente económico debe presentar la certificación firmada por el ingeniero residente que sustente dicho avance. Se solicita, además, el presupuesto original de la obra, debidamente certificado por el banco que otorga el financiamiento o por quien o quienes hayan aportado el capital, así como la estructura de costos actualizados de la misma.
Por otro lado, para sustentar el incremento de costos cuando se trate de materiales de construcción, el agente económico deberá presentar la relación de los costos presupuestados inicialmente, versus los costos reales para determinar la variación correspondiente, los cuales deben estar basados o respaldados por lo menos con tres copias de facturas trimestrales u órdenes de compra del proyecto a validar. Los materiales tomados en cuenta son: concreto (mezcla corriente), acero, madera, concreto de alta resistencia, ventanas, alambres y cables eléctricos, tuberías y piezas, cemento, bloques, pintura y arena.
La Acodeco verificará los aumentos por mano de obra, siempre y cuando dichos ajustes de salarios estén debidamente justificados en la convención colectiva de trabajo, acordadas con posterioridad a la fecha del contrato original. Los ajustes de precio por nuevos impuestos o incrementos de tasas de interés bancario en el financiamiento de la obra serán tomados en cuenta, si los mismos se han producido antes de que la obra alcance el 80% de avance y luego de ser corroborados con la información previamente suministrada y certificada por la entidad bancaria que financia.
En la Unidad de Análisis de Aumento de Costos (UAAC), encargada de realizar la verificación, se revisan los datos, y si el agente económico no suministra la información solicitada se considera que la información es insuficiente, se desestima la validación y se comunica a la empresa, que la falta de información impide la verificación del ajuste; como consecuencia el incremento no debe ser cobrado.