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- 09/10/2023 00:00
Requisitos para verificar un aumento de precio de vivienda nueva
La solicitud de verificación de aumento de precio de vivienda nueva, por aumento de costos, es un trámite que puede ser solicitado de lunes a viernes en la Unidad de Análisis de Aumento de Costos (UAAC) en de la Dirección Nacional de Libre Competencia, de la Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (Acodeco).
Actualmente, el procedimiento para que el consumidor solicite la verificación es muy sencillo, solo tiene que llenar el formulario de solicitud y aportar copia de los siguientes documentos: cédula, notificación del incremento (nota o correo que le haya enviado el agente económico), contrato de compra venta firmado por ambas partes y adendas si las hubiere; la solicitud se puede hacer vía web enviando un correo a la dirección de correo acodecopanama@gmail.com, adjuntando los documentos escaneados o presentándose con la documentación personalmente.
En ambos casos, se le brinda al consumidor la debida atención, explicándole todo el procedimiento, trámite y los tiempos límites para cada etapa del proceso. Si la información necesaria está completa, se abre un expediente, se le asigna un número y se le envía nota al agente económico para solicitarle que suministre la información esencial para realizar el análisis del caso.
Para los consumidores no procederá ajuste de precio de venta, si la fecha del contrato de compraventa es posterior a la fecha de certificación donde se especifica que el proyecto tiene un avance de construcción del 80%.
Los agentes económicos pueden solicitar por iniciativa propia, la validación previa de aumento de precio de la vivienda, con nota o formulario presentándose a la Unidad de Análisis de Aumento de Costos, previamente al aumento de precios, para ello, deberán presentarse con toda la documentación que sustente la legitimidad del proyecto y los documentos y facturas que justifiquen los incrementos de costos (materiales de construcción, salariales, financieros) y con la debida certificación del ingeniero residente de la obra que el proyecto ha alcanzado el 80% de avance en su construcción.
En cuanto a la información requerida que deben aportar los agentes económicos, entre otras, están: el detalle del porcentaje de incremento establecido en el contrato y el porcentaje de incremento notificado, el presupuesto original de la obra, presentar una relación de los costos presupuestados o estimados versus los costos reales que permitan determinar la variación de costos correspondiente debidamente sustentados mediante la presentación de tres facturas trimestrales u órdenes de compra; y de requerirse alguna información adicional o que no se entregue al momento de la solicitud de validación previa, el agente económico tendrá 15 días hábiles para aportarla.
Esta solicitud de validación voluntaria, por parte del agente económico, puede ser desistida en cualquier momento, y si no cuentan o no pueden entregar la información correspondiente para realizar la verificación no se tendrá como infracción de la ley. Sin embargo, de entregarse la información requerida completa, la DNLC tendrá un plazo de treinta días hábiles para emitir la nota de respuesta, según se establece en la Resolución No. 028-20 de 25 de junio de 2020, que contiene todos los requerimientos, criterios, procesos y procedimientos necesarios para realizar la validación previa.