La información de precios

Actualizado
  • 08/07/2024 08:46
Creado
  • 08/07/2024 08:46
En una economía de libre competencia esta información es importante, debido a la existencia de una gran variedad de precios. La Ley 45 de 31 octubre de 2007, en su artículo 56, establece la información de precios

La información relacionada a precios de los productos, que se comercializan en un mercado, es un factor determinante en el comportamiento de los consumidores y comerciantes.

En una economía de libre competencia esta información es importante, debido a la existencia de una gran variedad de precios, no solamente en cuanto a productos similares, sino también para el mismo articulo, marca y presentación.

Cuando el consumidor carece del conocimiento de las diferentes opciones de precios, en que se ofrecen los productos, sus compras se regirán basándose en sus ingresos económicos y preferencias respecto a uno u otro artículo. De esta manera, el precio del producto pierde relevancia, y el consumidor probablemente adquiera la mercancía a un alto costo, impactando negativamente en el gasto familiar, o la compre a pesar de los considerables aumentos de precios, por desconocer otra alternativa mejor.

En cambio, si los consumidores manejan información suficiente, podrán elegir las mejores alternativas y adquirir los productos de mayor calidad, a un precio justo, y así minimizar sus gastos.

Al tener mayor difusión esta clase de información, la dispersión de precios (entendida como la diferencia entre varios precios de un mismo producto) se va reduciendo, ya que los comerciantes tenderán a ofrecer sus productos a un mejor precio para atraer y no perder clientela, generando con ello una mayor competencia.

Otro elemento fundamental de la información de mercados es la identificación de diferentes opciones en la compra de productos sustitutos (marcas y presentaciones), con la cual aumenta la posibilidad de elegir y de sacar el mayor provecho en el presupuesto destinado a estas compras.

La Ley 45 de 31 octubre de 2007, en su artículo 56, establece la información de precios, donde señala entre otros aspectos, que “en todo establecimiento de venta de bienes a los consumidores, deberá colocarse, en forma clara, precisa y en lugar visible al público, el precio al contado de dichos bienes. Se prohíbe al proveedor la adopción de cualquier práctica que induzca al consumidor a confusión, error o engaño sobre el precio de los bienes o servicios ofrecidos. El proveedor de bienes o servicios está obligado, y solo tiene derecho, a recibir el pago del precio exactamente como esté anunciado o impreso en el establecimiento o bien respectivo, salvo que se demuestre que el consumidor lo ha alterado. En caso de que un producto tenga más de un precio marcado por el proveedor, prevalecerá el menor, y el proveedor estará obligado a venderlo con ese precio...”.

En un libre mercado, ser hace necesaria una mayor divulgación de precios que mantengan los establecimientos comerciantes en diferentes productos, a fin de garantizar el derecho que poseen los consumidores, a la información.

De allí la pertinente necesidad, de asegurar los medios económicos para que la Acodeco cuente con los mecanismos necesarios para lograr la divulgación masiva de los precios de diferentes bienes y servicios, principalmente los productos de primera necesidad, que permita a la población conocer las mejores opciones cercanas a su entorno.

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