Consumidores vigilantes de la competencia

Actualizado
  • 22/07/2024 20:46
Creado
  • 22/07/2024 20:34
El desarrollo de la economía digital incrementa el desafío de una autoridad de competencia para detectar y sancionar prácticas anticompetitivas, por lo que será necesario actualizar la ley de competencia

Cuando competidores en un mercado deciden no competir entre ellos, por ejemplo, a través de acuerdos sobre precios o repartos de mercado, lo hacen porque eliminando la competencia entre ellos, logran beneficios superiores a los obtenidos si compitieran entre sí. Sin embargo, los beneficios de los participantes en el acuerdo, por lo general, no compensan las pérdidas de bienestar que enfrentan los consumidores. Es por ello, que las normas de defensa de la competencia prohíben y contemplan sanciones elevadas para este tipo de acuerdos.

Los carteles empresariales son organizaciones que se esmeran en no ser descubiertos, y algunos de ellos logran conseguir apoyo estatal. Afortunadamente, no todos los acuerdos entre competidores para evitar la competencia entre ellos, cuentan con apoyo estatal y hasta de la iglesia, como el cártel del chocolate que enfrenta el joven Willy Wonka en la película Wonka (dic. 2023), precuela de Charlie y la fábrica de chocolate. De momento no revelaré más detalles por respeto a quienes todavía han visto la película, la cual recomiendo.

El desafío de una autoridad de competencia para detectar y sancionar prácticas anticompetitivas será cada vez mayor, con el desarrollo de la economía digital. Será necesario actualizar la ley de competencia, para aumentar su poder disuasivo y dotar a la autoridad responsable de implementar la ley competencia de los recursos (humanos y monetarios) para procurar estar un paso delante de los infractores.

Sin embargo, el compromiso con la defensa y promoción de la libre competencia no es exclusivo de los funcionarios que laboran en la autoridad de competencia. Como consumidores podemos contribuir a ello, ejerciendo nuestro deber de conciencia crítica, manteniendo una actitud responsable a través de obtener información de los precios y calidades de las opciones de los bienes y servicios de nuestra preferencia y elegir la mejor opción, actitud que fomenta una competencia más intensa entre los participantes de un mercado. También es nuestro deber denunciar ante la autoridad comportamientos que sugieran acuerdos entre competidores para no competir entre ellos.

Panamá tiene poco más de 28 años de contar con una ley que contiene normas que prohíben y sancionan los acuerdos entre competidores, tiempo más que suficiente para que empresas competidoras conozcan que los acuerdos de no competir entre competidores son ilegales, por lo que tienen muy claro que el acuerdo debe permanecer oculto a la autoridad y a los consumidores, aun así, ¡habrá señales!, algunas más fuertes que otras, de cuando un resultado en un mercado es producto de un acuerdo.

¿Qué tipo de señales debe observar un consumidor para deducir si un alza de precios es producto de decisiones individuales de empresas participantes en un mercado y no de un acuerdo entre ellas? Entre otros, existen factores estructurales que favorecen un acuerdo estable, como el número de competidores en el mercado. Por ejemplo, es más fácil lograr un acuerdo y supervisar el cumplimiento de lo acordado entre 2 que entre 10 competidores. Si observa un alza de precios en igual % y en fechas cercanas, en un mercado en el que participan dos competidores, es probable que se trate de un acuerdo de precios, en ese caso no dude en poner de aviso a la Autoridad de Defensa de la Competencia y Protección al Consumidor (Acodeco).

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