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- 13/09/2023 00:00
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A partir del 29 de septiembre de 2023, todos los buques de pesca de captura y aquellos relacionados con la pesca, de pabellón nacional, de servicio internacional, ahora deberán usar la plataforma electrónica e-LAND para registrar sus desembarques en puertos nacionales autorizados o en puertos de terceros países, así como de pabellón extranjero, en puertos nacionales autorizados.
El uso de la plataforma electrónica e-LAND será administrado por la Dirección General de Inspección, Vigilancia y Control de la Autoridad de los Recursos Acuáticos (Arap), según lo establece la Resolución ADM/Arap N. 048 del 30 de agosto de 2023 de dicha entidad.
Solo se permitirán declaraciones de desembarque proveniente de buques de pesca de captura y de buques relacionados a esta actividad (carga refrigerada y/o factoría) de pabellón nacional, de servicio internacional, en puertos nacionales autorizados o en puertos de terceros países, así como de buques de captura y buques de carga refrigerada de pabellón extranjero, en puertos nacionales autorizados, a través del sitio oficial: https://e-land.arap.gob.pa/.
Para los buques de pabellón nacional con licencia de pesca comercial de servicio internacional de captura, y para los buques de pabellón nacional con licencia de pesca comercial de servicio internacional de actividades relacionadas con la pesca (carga refrigerada y/o factoría), será responsabilidad de los capitanes declarar los desembarques a través de la plataforma e-LAND.
Mientras que los buques de captura y buques de carga refrigerada de pabellón extranjero que desembarquen sus productos en puertos nacionales autorizados lo harán los capitanes y las agencias navieras nominadas por parte de los armadores en la República de Panamá.
Con la puesta en marcha de e-LAND, los buques deberán hacer las declaraciones de desembarque dentro de un plazo no mayor de 24 horas a partir de la finalización de la operación de desembarque.
Si al momento de su presentación a través de la plataforma no hubiesen cumplido con todos los requisitos, tendrán un periodo de 30 días calendario para ser completadas, luego de los cuales la declaración será considerada como incompleta y será rechazada.
Arap informó que el uso de la plataforma e-LAND reemplazará en su totalidad las declaraciones realizadas a través del documento denominado Reporte de descarga en puerto o Port Discharge Report.