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- 19/04/2022 13:16
El Estado y la adquisición de vehículos eléctricos
La compra de bienes y servicios por parte del Estado, se estima en 20% del PIB según la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) para países de Latinoamérica. Estas compras abarcan la adquisición estatal de nuevas tecnologías, que rompen lo tradicional y son disruptivas, como ha sido el caso del internet, la promoción de productos eléctricos con consumo eficiente, el sistema de posicionamiento global (GPS), los teléfonos inteligentes, el vehículo aéreo no tripulado (dron) y en los últimos años los vehículos eléctricos.
En Panamá, el Ministerio de Ambiente y la Secretaría de Energía, solicitaron al Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente, su colaboración para el desarrollo de una estrategia nacional de movilidad eléctrica, mismo que rinde efectos, al aprobarse la Resolución de Gabinete Nº103 de 28 de octubre de 2019, que aprueba la Estrategia Nacional de Movilidad Eléctrica (ENME), cuyo escenario primordial es la descarbonización del transporte terrestre, reduciendo las emisiones contaminantes, que provocan daños climáticos, mediante la transformación del sector transporte, hacia vehículos de mayor eficiencia energética y ambiental, como lo son los vehículos eléctricos, cuya fuente de energía es una batería y no un motor como los vehículos tradicionales.
Existen avances significativos a nivel mundial, para la utilización de vehículos eléctricos. Localmente, debemos acrecentar esfuerzos, para que se pueda dar paso, a una mejora en la infraestructura energética nacional, y/o en las leyes que la regulan (Ley 6 de 1997), permitiendo una mayor participación a nuevas empresas naturales o jurídicas, para que no dependa su suministro solamente de las empresas distribuidoras de energía y grandes clientes.
Algunos cambios importantes, se han observado en el Proyecto de Ley 162 de 2019 , que incentiva la movilidad eléctrica en el transporte terrestre aprobado en tercer debate por la Asamblea Nacional, el 26 de octubre de 2021, en el artículo 4 para las instituciones públicas del Gobierno Nacional, para el reemplazo progresivo de su flota actual hacia la flota eléctrica, con porcentajes mínimos de flota eléctrica de 10% en 2025, 25% en 2027 y 40% en 2030.
Si bien, el Proyecto Ley 162 fue objetado parcialmente por inconveniente, y devuelto a la Asamblea Nacional, realizándole las mejoras pertinentes, en espera de la posterior sanción o veto presidencial.
Por lo anterior, el Estado debe seguir orientando el camino del sector, como ha sucedido en otros países, mediante la mejora en sus normas, el incentivo a los distribuidores locales, importadores, personas naturales y jurídicas, siguiendo los objetivos de la ENME, hacia vehículos ecoamigables con el ambiente, buscando una alternativa eficiente, que pueda generar ahorros, y sean menos contaminantes, que los actuales, vehículos de motor, dependientes del combustible y por ende del petróleo.