Ley de extinción de dominio, ¿el nuevo objetivo del Gafi?

Actualizado
  • 06/04/2023 00:00
Creado
  • 06/04/2023 00:00
Expertos coinciden en que el tema podría plantearse de cara a la quinta ronda de evaluación que se dará en 2024. Mencionaron que si Panamá aprobara la ley de extinción de dominio, esto ratificaría su salida de la lista gris
Ley de extinción de dominio, ¿el nuevo objetivo del Gafi?

El Grupo de Acción Financiera Internacional (Gafi) podría usar la quinta ronda de evaluaciones mutuas de 2024 como una herramienta para iniciar las discusiones de incluir o no la ley de extinción de dominio como una nueva exigencia, según expertos panameños.

Julio Aguirre, asesor financiero y especialista en temas del Gafi, prevé que la quinta ronda se va a enfocar en ese escenario, porque ese comercio implica manejar a más detalle la parte documental. “Gafi va a presionar para que el tema de extinción de dominio se pueda materializar”, dijo.

Coincide con esta teoría Roderick Schwarz, director principal de la firma Aguirre & Schwarz y experto en el tema, quien mencionó que esta estrategia del Gafi solo sería una manera “eficiente y eficaz” de alcanzar un objetivo que tiene que ver con la confiscación de bienes procedentes de delitos.

Aguirre explicó que el organismo ha dado un paso indirecto hacia este tema dentro de sus 40 recomendaciones, ya que la cuarta recomendación exactamente no habla de extinción de dominio, pero sí en su contexto porque tiene un modelo que les permite a los países quitar bienes adquiridos de manera ilícita.

Desde 2019 Panamá se mantiene en la lista gris del Gafi. El gobierno trabaja para salir de ella en 2023

¿Qué dice específicamente? La cuarta recomendación del Gafi trata los decomisos y medidas provisionales.

Según el documento del Grupo de Acción Financiera de Latinoamérica (Gafilat): los países miembros, (como Panamá), deben adoptar medidas similares a las establecidas en la Convención de Viena, la Convención de Palermo y el Convenio Internacional para la Represión de la Financiación del Terrorismo, incluyendo medidas legislativas, que permitan a sus autoridades competentes congelar o incautar y decomisar lo siguiente, sin perjuicio de los derechos de terceros de buena fe: (a) bienes lavados, (b) producto de, o instrumentos utilizados en, o destinados al uso en, delitos de lavado de activos o delitos determinantes , (c) bienes que son el producto de, o fueron utilizados en, o que se pretendía utilizar o asignar para ser utilizados en el financiamiento del terrorismo, actos terroristas u organizaciones terroristas, o (d) bienes de valor equivalente.

Estas medidas deben incluir a la autoridad para: (a) identificar, rastrear y evaluar bienes que están sujetos a decomiso; (b) ejecutar medidas provisionales, como congelamiento y embargo, para prevenir manejos, transferencias o disposición de dichos bienes; (c) adoptar medidas que impidan o anulen acciones que perjudiquen la capacidad del Estado para congelar o embargar o recuperar los bienes sujetos a decomiso; y (d) tomar las medidas de investigación apropiadas.

La cuarta recomendación establece que: Los países deben considerar la adopción de medidas que permitan que tales productos o instrumentos sean decomisados sin que se requiera de una condena penal (decomiso sin condena), o que exijan que el imputado demuestre el origen lícito de los bienes en cuestión que están sujetos a decomiso, en la medida en que este requisito sea compatible con los principios de sus legislaciones nacionales.

Aguirre recordó que la ley de extinción de dominio es un modelo desarrollado por la Organización de las Naciones Unidas, a través de la oficina contra el delito y la droga. “La fortaleza de la extinción de dominio es el modelo para que un país tenga la fortaleza de decir que aquel que no sustente su dinero de manera lícita, tendrá una condición de decir que a falta de prueba pueda determinar que fue adquirido de manera ilícita”, contó.

¿Un 'plus' para salir de la lista?

Por su paso en el foro “Panamá frente a la lista gris”, la secretaria técnica de la Comisión Nacional contra el Blanqueo de Capitales, Isabel Vecchio, aclaró que una ley de extinción de dominio no está dentro de los 15 puntos del plan de acción porque las evaluaciones se hacen según las recomendaciones. No obstante, reconoció que dicha norma “sí puede ser o no un 'plus' para cada país, pero en este momento no está entre los 15 puntos del plan de acción”.

Schwarz, director principal de la firma Aguirre & Schwarz, señaló que si Panamá aprobara la ley de extinción de dominio podría mejorar su evaluación, incluso su salida de la lista gris, que para 2023 se encuentra en espera de verificación.

¿Si Panamá aprobara la ley de extinción de dominio mejoraría la evaluación de las listas? “Hacia la quinta ronda, por supuesto, pero para la salida de la lista no es algo que sea un punto, según entiendo, si no está dentro de los 15 puntos simplemente es la progresividad de los estándares del Gafi”, respondió.

En América Latina, Colombia fue el primer país que en 1996 implementó una ley de extinción de dominio, seguido de México, Guatemala, El Salvador, Honduras, Perú, Argentina y Ecuador, que acaba de sancionar en 2021.

Dado que todos estos países son miembros de Gafilat, podrían tener una alta probabilidad de verse beneficiados si Gafi decide aprobar la ley de extinción de dominio como una nueva exigencia.

¿Qué pasa con Panamá?

Aguirre manifestó que para Panamá sería más representativa la exigencia del Gafi y sería una presión, tomando en cuenta que todavía se mantiene en debate la ley de extinción de dominio.

En 2021, el ministro de Seguridad Pública (Minseg), Juan Manuel Pino, presentó ante la Asamblea Nacional el proyecto de ley No. 625 “que adopta la legislación de extinción de dominio de bienes ilícitos”, con lo que se busca tener una herramienta jurídica de persecución del crimen organizado y el narcotráfico, y cómo poder llegar a esos bienes, producto de las actividades delictivas.

La iniciativa ha presentado muchos altibajos. Incluso críticas de políticos que consideran que la norma podría ser utilizada para armar persecuciones contra opositores.

El pasado 3 de abril, la comisión de Gobierno, Justicia y Asuntos Constitucionales de la Asamblea Nacional (AN) inició la discusión, en primer debate, en una mesa técnica, del proyecto de ley 625.

Dicha mesa técnica será la encargada de revisar cada artículo para que se puedan homologar, con el debido consenso de todas las partes. Entre ellas, Órgano Judicial, Ministerio Público, Fiscalía de Cuentas, facultades de Derecho, Colegio Nacional de Abogados y expertos en temas legales.

La diputada Corina Cano, quien preside la comisión, recordó que la mesa técnica tiene un plazo de cinco días (lunes 3, martes 4, lunes 10, martes 11 y lunes 17 de abril) para aprobar o no la iniciativa, que contiene 94 artículos.

Durante las discusiones, Pino afirmó que ve “muy difícil” que se elimine el delito de corrupción de la discusión del proyecto de ley 625 sobre extinción de dominio de bienes ilícitos.

Ante algunas voces que planteaban la eliminación del delito de corrupción de esta ley, el ministro de Seguridad manifestó que “lo veo bien difícil que quede por fuera de esta ley, porque ha quedado demostrado en la historia de Panamá muchos casos de corrupción donde el crimen organizado ha traspasado a ese funcionario y Panamá tiene que blindarse como país”.

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