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Derogación de leyes de inversión turística pone en jaque el grado de inversión del país
- 02/08/2022 00:00
- 02/08/2022 00:00
La Ley 122 de inversión turística tiene más de dos años de haber entrado en vigencia, logrando que muchos inversionistas de varias partes del mundo llegaran a Panamá a participar en el desarrollo de nuevos hoteles. Específicamente en nuevos polos turísticos a las afueras del distrito capital. Muchos de estos inversionistas extranjeros asignaron ejecutivos y recursos económicos hacia Panamá, apelando a Panamá como puerto seguro para sus inversiones.
Pero la desinformación sobre los incentivos al inversionista que otorga esta ley provocó un rechazo mediático a la misma. Tras ello, la Ley 122 fue modificada en la Asamblea Nacional por la nueva Ley 314, la cual ajustó a casi la mitad los incentivos fiscales y reglamentó más la legislación, “aún más a favor del Estado”. Aún así, la presión mediática continuó sin discutir el fondo de la ley de incentivo turístico que pondría a Panamá por encima del nivel de los países vecinos. Se creó una percepción falsa de que había un cheque en blanco para los promotores, sostienen inversionistas afectados.
Expertos y empresarios del sector afirman que los promotores ni siquiera son los que se benefician del incentivo fiscal, sino el inversionista en el proyecto, el cual debe fondear el 100% del valor del proyecto en la Bolsa de Valores de Panamá y emitir acciones o bonos que serían listados en la misma.
El reciente anuncio del presidente Laurentino Cortizo de derogar esta ley ha encendido las alarmas a nivel internacional sobre la seguridad jurídica del país y el ya frágil grado de inversión del cual Panamá aún goza, advierten economistas y expertos en finanzas.
Varias de estas empresas, la mayoría de Estados Unidos, han solicitado formalmente a las autoridades panameñas que se respeten los tratados sobre inversión entre ambos países.
Incluso piden que si algún grupo específico no estaba cumpliendo con las normas establecidas en la ley, entonces que la regulación de la misma sea ejercida rigurosamente, “pero que no se perjudique a quienes han invertido en Panamá de buena fe y cumpliendo con todo lo exigido por la Autoridad de Turismo de Panamá y por la Superintendencia de Valores. Las inversiones que esta ley promovía iban a generar muchísimo más al Estado que los incentivos otorgados por la misma, de los cuales el inversionista solo podía usar el 15%, al año de los mismos. Se proyectaba que los empleos directos e indirectos que se iban a generar por causa de esta ley eran por más de 80.000 a las afueras de la capital. “El país iba a quedar con una oferta turística completa en las áreas del país que realmente las necesita para poder lograr tener una oferta turística real que compita con otros países de la región”, puntualizó otro empresario del sector turismo.
La firma de asesoría Virtú Atelier Legal explicó en uno de sus informes sobre la ley, que el crédito fiscal se otorgará al inversionista, persona natural o jurídica, que sea el primer adquiriente de los valores emitidos por la empresa turística o sociedad de inversión inmobiliaria. El inversionista primer adquirente deberá presentar una declaración jurada certificando que, inmediatamente antes de adquirir los valores, ni él ni sus directores, dignatarios, accionistas o beneficiarios finales eran directores, dignatarios, accionistas o beneficiarios finales de la empresa turística o de la sociedad de inversión inmobiliaria, ni de sus subsidiarias o de los proyectos turísticos en que estas invertían. Además de otras restricciones que aseguren que no hay vínculos con el promotor del proyecto.