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Responsabilidad, voluntad y compromiso para erradicar la violencia mediática contra las mujeres
- 21/11/2021 00:00
- 21/11/2021 00:00
La libertad de expresión es libertad para informar, opinar o denunciar, pero no libertad para exhibir pornografía, vulnerar la dignidad de las víctimas ni banalizar el femicidio.
La Ley 82 de 2013 contra la violencia hacia las mujeres define la violencia mediática como “publicación o difusión de mensajes e imágenes estereotipados a través de cualquier medio masivo de comunicación que directa o indirectamente, promueva la exaltación de mujeres o sus imágenes, injurie, difame, deshonre, humille o atente contra la dignidad de las mujeres, casi como la utilización de mujeres en mensajes o imágenes pornográficas, legitimando la desigualdad o trato que construya patrones socioculturales reproductores de la desigualdad o generadores de violencia contra las mujeres”. Con esta definición, Panamá se suma a la iniciativa de varios países del mundo para frenar la cosificación del cuerpo femenino para el supuesto enganche de audiencia.
En nuestro contexto, la prensa escrita aún recurre a las imágenes pornográficas y denigrantes de las mujeres en las contraportadas y anuncios de servicios sexuales, titulares ofensivos y representaciones de estereotipos sexistas en la publicidad, desconociendo el impacto de estos en el imaginario colectivo, por lo que el momento es propicio para recalcar el papel de los medios de comunicación como espacios de socialización y la urgencia de sensibilización y formación para profesionales que se dedican a la producción de contenido para contrarrestar la representación de las mujeres que se ha normalizado o naturalizado en nuestra sociedad.
De lo anterior nace en 2016 la iniciativa de un grupo de feministas miembros de Fundagénero de instalar el primer Observatorio de Violencia Mediática para prevenir y erradicar la violencia contra las mujeres en los contenidos mediáticos y piezas publicitarias. Buscando apoyar a las entidades gubernamentales, llamadas a velar por el cumplimiento de las normativas nacionales y convenios internacionales ratificados por Panamá, para fortalecer capacidades en monitoreo, seguimiento y análisis de la representación de las mujeres en los medios masivos de comunicación.
Ya que la prensa escrita es el único medio de comunicación masivo que no cuenta formalmente con convenio de autorregulación, este grupo convocó a una reunión expositiva con el Consejo Nacional de Periodismo para sumar voluntades que permitan avanzar hacia una imagen equilibrada de los sexos en la información, contenido y publicidad.
La Ley 82 de 2013 establece que el Consejo Nacional de Periodismo “debe promover la eliminación del sexismo en la información y como un tema de responsabilidad social y empresarial, la difusión de campañas publicitarias para prevenir y erradicar la violencia contra las mujeres”. Añadimos la obligación que estipula la ley de brindar capacitación y sensibilización al personal de los medios de comunicación y al cuerpo directivo, técnico y gremial de profesionales para conocer la repercusión de la violencia simbólica y los recursos con que cuentan para contrarrestarla.
Por otro lado, la televisión por medio de un Acuerdo del 4 de febrero de 1999, suscrito entre la Corporación Medcom y Televisora Nacional mantiene un acuerdo de autorregulación. El Mides y el Mingob tienen competencia para reactivar las sesiones de la Junta de Autorregulación con todas las empresas con canales de televisión abierta e incluir mayor participación de organizaciones de la sociedad civil para validar contenidos de las parrillas de programación, en especial la dirigida al público infantil y joven.
En cuanto a las empresas de radiodifusión, estas se autorregulan por medio de un convenio suscrito en 2002, en donde participan miembros de la Asociación Panameña de Radiodifusión y la Cámara Nacional de Radio para orientar la programación de radio abierta y servir de mecanismo para la defensa de los derechos de la audiencia. La Asep podría sumar esfuerzos con los ministerios para proponer la recepción de quejas de la audiencia y la presentación de informes periódicos de incidencias en la difusión de contenidos y mensajes denigrantes contra las mujeres.
Este año, Fundagénero presentó una propuesta de ley contra la violencia en los medios, pero esta se consideró “no viable” porque pudiera atentar contra el artículo 37 de la Constitución, cuando por el contrario, su segunda parte más bien establece que “existen las responsabilidades legales cuando por alguno de estos medios se atenta contra la reputación u honra de las personas, contra la seguridad social o contra el orden público”. Es por ello que como mujeres exigimos la responsabilidad de la empresa privada, voluntad política del Estado y compromiso de la sociedad para erradicar la violencia mediática contra las mujeres.
La autora es doctoranda del Departamento de Medios, Comunicación y Cultura
Universidad Autónoma de Barcelona.