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'Tu nombre es mi recuerdo', un proyecto cuestionado por especialistas
- 23/03/2022 00:00
- 23/03/2022 00:00
El proyecto de ley Nº 018 que modifica el registro civil del Tribunal Electoral (TE) y “crea el registro de concebidos no nacidos y se dictan otras disposiciones”, aprobado en primer debate el pasado 15 de marzo de 2022 en la comisión de la Mujer, la Niñez, la Juventud y la Familia de la Asamblea Nacional, vuelve a estar en el ojo del huracán tras el rechazo de la comunidad feminista y miembros de la sociedad civil organizada en Panamá.
Una vez utilizadas las recomendaciones presentadas por la Dirección Nacional del Registro Civil del TE, el proyecto también bautizado 'Tu nombre es mi recuerdo' por la diputada proponente Corina Cano ha sido repudiado por organizaciones como la Asociación de empleados de la Caja de Seguro Social, Abogadas Feministas de Panamá, Alianza de Mujeres, Antónima, Asociación Cultural Fémina, Centro de Estudios y Capacitación Familiar, Coalición Internacional de Mujeres y Familias, Convergencia Sindical, Alianza por la Educación Integral en Salud, Espacio Encuentro de Mujeres, Fundación Ciencia en Panamá, Fundación para la Equidad de Género, Voces de Mujeres Afrodescendientes de Panamá y otros grupos que a través de un comunicado expresaron su postura:
“El proyecto no tiene real utilidad, ya que la solicitud del registro será voluntaria. Las leyes deben cumplir con estas tres características: obligatoriedad, generalidad e impersonalidad. Este proyecto no las cumple. ¿Qué sentido tiene crear un registro para todo el territorio nacional, que es optativo para las madres que deseen ir a registrar la pérdida de un embarazo?”, criticaron las organizaciones a través de la misiva.
De acuerdo con la abogada Claudia Figueroa “en el ámbito legal, crear una ley es una política pública de Estado, que es obligatoria para todas las personas para generar derechos, un nuevo estatus jurídico o establecer algo que es de obligatorio cumplimiento”, remarcó la jurista integrante del Centro Feminista de Comunicación y Derechos.
Una de las principales molestias de los profesionales que integran los colectivos es el desacuerdo en la creación de un nuevo registro de “concebidos no nacidos”. “Desde 2002 existe un registro de nacimientos vivos y defunciones fetales en las instalaciones de salud públicas”, exponen los expertos.
En el Instituto Nacional de Estadística y Censo (Inec) mantienen una base de datos de las defunciones fetales, en la que se detallan las provincias, comarcas indígenas, distritos de residencia, la edad de la mujer, estado civil, el período de gestación y las principales causas de muertes fetales en el territorio nacional.
En el año 2020 se registraron 6,868 muertes fetales por diferentes causas, ya sea porque el “feto estuvo afectado por complicaciones maternas del embarazo” o por “complicaciones de la placenta, del cordón umbilical y de las membranas” y otras causas que la entidad informa a través de gráficas publicadas en su portal digital.
La polémica no solo es de carácter jurídico, sino también humano, porque de convertirse en ley podría vulnerar los derechos de las mujeres. “Se va a abrir un proceso traumático para las mujeres porque es la pérdida de un embarazo; no es una situación deseada para una mujer. En los casos en que se da esta situación, la mayoría de las mujeres no está como para querer ponerle el nombre, o sacar un certificado”, expone la trabajadora social y miembro de la Comisión Latinoamericana y el Caribe por la Defensa de los Derechos de las Mujeres, Siria Martínez.
“No se necesita hacer una ley para que las mujeres puedan tomar las decisiones en un momento tan personal y tan íntimo como este”, además, recordó la necesidad de sopesar el hecho de que hay mujeres que frente a una situación de pérdida “quieren restablecerse”, y evaluar en cuánto tiempo posteriormente podrían quedar embarazadas, logrando “este sueño; es decir, un embarazo a buen término”, concluye Martínez a La Estrella de Panamá.
Quien concuerda con el planteamiento de la trabajadora social es la psicóloga Valentina Hernández al mencionar que: “El riesgo más grande de la ley en sí misma sería la revictimización”, apuntó, recordando las posibles afectaciones en la salud emocional de las mujeres que tienen pérdidas o que podrían tenerlas. “Ya hay una presión más pesando sobre ellas que podría influir en que sea más probable la pérdida, si una mujer tiene un embarazo de alto riesgo”, señaló la terapeuta cognitiva a este medio.
La Sociedad Panameña de Obstetricia y Ginecología (Spog) rechazó el proyecto porque “viola los derechos a la vida y salud de la mujer, contemplados en la Constitución Nacional y Código Civil de la República de Panamá; así como la Convención Internacional de los Derechos Humanos; considerando, además, que estos establecen que se entiende por niño todo ser humano desde su nacimiento hasta los 18 años de edad”, apunta el comunicado divulgado en 2020 cuando fue aprobado en primer debate.
En el año 2019 dicho proyecto planteaba de carácter obligatorio crear un libro de defunciones de “personas concebidas no nacidas dentro del Registro Civil” en donde se debían plasmar los datos de los progenitores, el nombre, el apellido, el tipo y número de identificación, la edad, la nacionalidad, el domicilio y la huella dactilar, entre otros elementos.
Tras las críticas al proyecto inicial por su carácter de obligatoriedad, el nuevo planteamiento jurídico establece la creación del libro de defunciones como “voluntario”.
“La solicitud del registro será voluntaria y deberá presentarse junto con el formulario estadístico de defunción fetal emitido por el Instituto de Estadística y Censo de la Contraloría General de la República, el cual será utilizado por el Registro Civil como documento fuente del registro del concebido no nacido”, señala el artículo 143-C de la iniciativa modificada.
Y se mantiene la postura de que “el Registro Civil establecerá el formato para la expedición de un certificado de concebido no nacido en el que se harán constar los nombres y apellidos del concebido no nacido, los datos de sus padres, el lugar y fecha en que ocurrió la defunción”, a pesar de que el Inec tiene una base de datos sobre las defunciones fetales.
Para la diputada Cano, este proyecto de ley “protege también el dolor de una madre que perdió a su bebé en el vientre. El que no lo quiere hacer no lo hace. No existe protocolo alguno para salvaguardar ese derecho a favor de las mujeres que deseen este documento”, indicó durante una entrevista.
“Lo único que se está haciendo es incorporar el procedimiento que el Registro Civil solicitó adecuar a través de sus recomendaciones”, dijo la diputada.
¿Cuánto sería el costo que esto podría acarrear al Estado y cuáles fueron las recomendaciones que el Registro Civil hizo a la diputada? Este medio consultó al Tribunal Electoral, pero al cierre de esta nota no hubo respuesta.