Mulino tilda de ‘aberración’ demanda contra su candidatura

Actualizado
  • 14/03/2024 00:00
Creado
  • 13/03/2024 22:14
La demanda de inconstitucionalidad contra la decisión del TE de aceptar a José Raúl Mulino como candidato presidencial fue admitida por la Corte Suprema de Justicia

El candidato a la Presidencia de la República por los partidos Realizando Metas (RM) y Alianza, José Raúl Mulino, calificó como una “aberración” la demanda de inconstitucionalidad presentada en contra de la admisión por parte del Tribunal Electoral (TE), de su candidatura.

Mulino se refiere a la demanda interpuesta por la abogada Karisma Etienne Karamañites, que fue admitida por la Corte Suprema de Justicia (CSJ) y en donde se solicita que se declare inconstitucional el segundo punto del acuerdo de pleno número 11-1 del 4 de marzo de 2024 emitido por el (TE), que inhabilitó a Ricardo Martinelli como candidato a presidente de la República y ordenó a José Raúl Mulino ocupara la candidatura presidencial, pero sin candidato a vicepresidente.

Según la demandante, el acuerdo del TE infringe los artículos 19, 142, 143 numeral 3, 177, 181, 185 de la Constitución Política y sustenta la demanda en que Mulino fue designado como vicepresidente dentro de la candidatura presidencial de Martinelli, por lo cual no pasó por las etapas electorales previas para ser elegible como candidato a la Presidencia.

A juicio de Karamañites, Mulino no recibió por parte de la Junta Nacional de Escrutinio (ni por ninguna otra dependencia electoral), el acta de proclamación como candidato a presidente, como sí la recibió el resto de los candidatos, por lo que Mulino no es hábil para ser candidato a presidente de la República.

De igual manera señala que no puede ser elegido solo un presidente, sino que, necesariamente, se exige constitucionalmente que se elijan, el mismo día, y tomen posesión, el mismo día, quienes hayan de ser presidente y vicepresidente de la República.

Mulino dijo que no cree que la Corte Suprema de Justicia “se preste otra vez para descabezar por segunda vez a dos partidos políticos de su preferencia electoral”.

”Espero que no, porque eso sí va a traer una alteración importante del torneo electoral de mayo, que va a trascender fronteras porque me voy a encargar de que esto trascienda fronteras, y sepan que lo que se está haciendo en Panamá es un fraude anticipado”, afirmó.

Para Mulino, lo que buscan es descabezar la candidatura presidencial porque es un aliado y amigo de Martinelli. “Lo reemplacé en la contienda electoral y no me pueden achacar absolutamente ningún delito”, precisó.

Indicó que hay un grupo de abogados que analiza la demanda para presentar múltiples alegatos.

“Le hago un llamado al procurador de la Nación, que fue al que le tocó dar la opinión constitucionalmente para que piense muy bien lo que va a hacer, y al magistrado Olmedo Arrocha, que piense muy bien lo que va a hacer”.

Para Maritza Cedeño, presidente del Colegio Nacional de Abogados (CNA), este nuevo elemento genera más incertidumbre al proceso electoral y considera que si ya el TE emitió un criterio y admitió a Mulino como candidato presidencial, puede incluso permitirle designar a un candidato a vicepresidente.

Sostuvo que la Constitución establece en su artículo 143 numeral 3, que es obligación exclusiva del TE reglamentar la ley electoral, interpretarla y aplicarla, y conocer de las controversias que se originen en su aplicación.

“Eso me lleva a mí a pensar que le corresponde exclusivamente al Tribunal Electoral ver y reglamentar todo lo concerniente a la contienda electoral que se va a dar el 5 de mayo. Este tipo de situaciones son inéditas y le corresponde al TE reglamentarla, no es a la Corte”, precisó.

El abogado Ernesto Cedeño, quien respalda la candidatura presidencial de Ricardo Lombana, consideró que la designación de Mulino se adecúa con lo que dice la Constitución aunque no haya ido a primarias.

Sostuvo que su argumento para validar esta candidatura es la figura de la costumbre constitucional que utilizó la CSJ para declarar constitucional el cargo de viceministro que no está en la Constitución.

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