Diputado Camacho presenta anteproyecto de ley que define mecanismo para otorgar la amnistía

Actualizado
  • 29/07/2024 20:19
Creado
  • 29/07/2024 19:46
Sectores de la sociedad civil han advertido sobre los planes de diputados oficialistas para beneficiar con una amnistía, al ex presidente de la República, Ricardo Martinelli

El diputado del oficialista partido Realizando Metas (RM) y presidente de la Comisión de Gobierno, Luis Eduardo Camacho presentó la noche de este lunes ante el pleno de la Asamblea Nacional, un anteproyecto de ley que dicta disposiciones sobre la amnistía, el indulto, la rebaja de penas, la concesión de libertad condicional y que modifica el Código Penal y el Código Procesal Penal.

Según Camacho la justicia panameña se vio contaminada al activarse la judicialización de la política a través de una serie de acciones, que asegura, incluyeron hasta la creación de organismos paralelos de investigación.

“Ha llegado el momento de que esta Asamblea juegue el rol que le corresponde, el rol de contribuir a la conciliación nacional a través de que se aprueben los mecanismos pertinentes para que la justicia vuelva a ser lo que los panameños anhelan, alejada de intereses económicos y políticos”, sostuvo Camacho.

La propuesta de Camacho se da en medio de diversas opiniones de sectores de la sociedad civil que advierten sobre los planes de diputados oficialistas para beneficiar al ex presidente de la República y presidente del partido Realizando Metas, Ricardo Martinelli quien se encuentra asilado en la Embajada de Nicaragua tras ser condenado a prisión por el caso New Bussiness.

El diputado oficialista manifestó que dejaba claro que este no era un anteproyecto de ley de amnistía, sino que el mismo busca establecer los mecanismos para regular estos procesos como lo son el indulto, la amnistía, la rebaja de penas y otras normas.

Destacó que el anteproyecto entre otros puntos, define de manera clara que la amnistía es una gracia que beneficia a toda persona o personas vinculadas a un delito político, cuyo otorgamiento es privativo del Órgano Legislativo y que extingue la acción penal y la pena.

Mientras que el indulto, según este anteproyecto de ley, es una causa de extinción penal y la pena igualmente, como ocurría anteriormente, es de carácter individual cuya potestad corresponde al presidente de la república definirla, cuando la situación es realmente de orden político y es aplicable cuando se cometan delitos según lo define el anteproyecto presentado.

Señaló que lo más importante de este anteproyecto es la definición que asegura le corresponde a la Asamblea Nacional establecer.

En tal sentido, explicó que el anteproyecto establece que delito político se considera cualquiera de los siguientes supuestos: La sanción impuesta judicial, electoral y/o administrativa por actos relacionados o derivados de la participación política de la persona o cuando a través de dichas acciones se hayan impedido o dificultado de forma directa o indirecta el derecho a elegir y ser elegido.

También cuando la sanción, persecución, procesamiento, juzgamiento de la acción antijurídica seguida a un ciudadano se haya realizado de forma directa o indirecta en situaciones políticas de presión mediática y en donde se aprecie en su persecución, procesamiento y juzgamiento acciones de influencia de algún órgano de poder del Estado distinto al Judicial en donde se aprecie de forma directa e indirecta acciones arbitrarias violatorias del debido proceso o de cualquier garantía fundamental consagrada en la Constitución Nacional, convenios internacionales, principios rectores de la legislación penal y/o proceso al penal de la persona que de forma directa o indirecta participe o haya participado en política o en una función pública relevante, así como de personas particulares que se hayan visto vinculadas a dichas causas.

Y cuando según lo dispuesto en convenciones aprobadas por Panamá, se haya reconocido o declarado la condición de perseguido político, procesado, enjuiciado, sentenciado por parte de organismos internacionales que tales convenciones y otras leyes de Panamá establecen o cuando en el caso del asilo político una sede asilante concede que se está ante la figura de delincuencia política como lo define actualmente la Convención de Delito Político de Montevideo.

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