La Corte archiva expediente por causa penal contra Afú

Actualizado
  • 09/08/2016 02:00
Creado
  • 09/08/2016 02:00
La Corte decidió no admitir la compulsa de copias, por ser ‘un proceso administrativo electoral ya concluido'

El pleno de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) no admitió la compulsa de copias remitida por el Tribunal Electoral (TE) y ordenó archivar el expediente contra el diputado de la bancada de Cambio Democrático Carlos Afú.

La decisión la tomó Harley Mitchell el 30 de diciembre de 2015, pero no se conoció hasta ayer, porque tomó ocho meses para que circulara el fallo en la etapa de recolección de firmas entre los nueve magistrados.

DENUNCIAS ELECTORALES

La Corte tomó la decisión de no admitir la compulsa de copias por ser ‘un proceso administrativo electoral ya concluido'.

Los magistrados de la Corte también dejaron claro que en la compulsa de copias no se ‘promueve denuncia o una querella', como lo estable la ley.

Según el pleno de la Corte, como se lee en el fallo, el hecho de que se les remita compulsa de copias de un proceso de impugnación de elecciones y proclamación de Afú como diputado del circuito 7-1, de la provincia de Los Santos ya concluido, no representa o implica de forma inmediata o automática que se esté frente a la posible comisión de un hecho de naturaleza penal que sustente su investigación, y que a ello esté vinculado quien fue objeto de ese proceso de impugnación de elecciones.

Para Sidney Sittón, abogado defensor de Afú, el fallo de la Corte ‘es indicativo de que el Tribunal Electoral está manejado a su antojo por fuerzas políticas gobernantes'.

Los magistrados del TE, mediante resolución fechada del 12 de diciembre de 2014, dispusieron la remisión ante el Judicial de la copia consistente en la demanda de nulidad de la elección y proclamación del diputado del circuito 7-1 de la provincia de Los Santos, según reclamo interpuesto por Ovidio Díaz a través de su abogado, Dilio Arcia.

Los magistrados de la Corte puntualizaron que el proceso administrativo electoral concluido ‘no se enmarca en ninguno de los dos supuestos desarrollados en el artículo 487 del Código Procesal, de allí que surge el cuestionamiento de si este tipo de compulsa de copias, respecto a un proceso administrativo y no penal concluido, pueda o no sustentar la apertura de una investigación a Afú'.

‘Si se van a basar en este antecedente, las demás compulsas de copias las van a rechazar todas. Todo lo que se remitió a la Corte carece de fundamento y todas tendrán el mismo destino', advierte Javier Ordinola, quien encabezó varios de los procesos contra diputados que usaron dineros del Estado para la campaña.

El expediente de Afú no es el único que está en la Corte, el TE remitió a la Corte los expedientes de los diputados impugnados por el supuesto uso de recursos del Estado para favorecer su campaña electoral en el 2014.

CONFLICTO

No es la primera vez que la Corte y el TE tienen discrepancias en estos temas.

A inicios del año, la Corte devolvió al TE expedientes bajo la premisa de que los temas electorales son competencia privativa del TE, a pesar de que los señalados son diputados.

Los magistrados del TE devolvieron a la Corte los expedientes porque la Constitución establece que la Corte juzga a los magistrados.

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