Las cartas de presentación del TE para magistrado principal

Actualizado
  • 28/09/2022 15:20
Creado
  • 28/09/2022 15:20
Cinco mujeres y dos hombres entregaron los documentos en la Secretaría General de la Corte en la que acreditan que ellos cumplen los requisitos establecidos por la Constitución

Siete funcionarios del Tribunal Electoral (TE) presentaron la documentación necesaria en la Corte Suprema de Justicia para ser considerados como el nuevo magistrado que reemplazará a Heriberto Araúz en el cargo.

Cinco mujeres y dos hombres entregaron los documentos en la Secretaría General de la Corte en la que acreditan que ellos cumplen los requisitos establecidos por la Constitución, a fin de que el Máximo Tribunal de Justicia pueda considerarlos con la facultad constitucional de elegirlos como la persona idónea para ocupar el cargo, por un período de 10 años, el cual iniciará el 15 de noviembre de 2022.

Los funcionarios que presentaron la documentación son: Gilberto Estrada, Carlos Horacio Díaz, Myrtha Varela De Durán, Yara Campo, Sharon Sinclaire, Magada Ceballos y Raquel Núñez .

Hasta las cinco de la tarde del 7 de octubre, la Corte recibirá en la Secretaría todos los comentarios u observadores que a bien se tenga manifestar, sobre los aspirantes al cargo del TE.

Las observaciones deberán ser presentadas por escrito, personalmente y firmadas, con la mención de la cédula de la identidad personal del interesado.

Los aspirantes serán entrevistados personalmente por los magistrados de la Corte, para lo cual serán citados oportunamente.

Los funcionarios del TE, que no tienen vínculos con los partidos políticos, deberán sortear con los 50 candidatos restantes que buscan ser designados en el cargo.

El pleno de la Corte, en su sesión ordinaria del jueves 18 de agosto de 2022, acordó efectuar una convocatoria pública para escoger uno de los tres magistrados que conforman el Tribunal Electoral, cuyo período concluye el próximo 14 de noviembre de 2022.

La convocatoria, que se realiza en virtud del mandato constitucional establecido en los artículos 142 y 327, numeral 3 de la Constitución Política de la República de Panamá, está dirigida a todos los ciudadanos y ciudadanas que tengan interés y cumplan con los requisitos establecidos en la Carta Fundamental.

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