Salvemos la justicia de paz

Actualizado
  • 10/09/2020 00:00
Creado
  • 10/09/2020 00:00
Los jueces de paz están llamados a atender los conflictos vecinales con una visión menos inquisitiva y más orientada a los derechos humanos, con el fin de conciliar las partes en conflicto procurando salvaguardar el tejido social y la paz comunitaria

La Justicia Comunitaria de Paz se creó por la Ley 16, de junio de 2016, y entró en vigencia a partir del 1 de enero de 2017 en todo el territorio nacional. Su finalidad es atender las controversias que se generan entre las personas y que no constituyen delitos mayores o graves, buscando reformar la conocida práctica de los corregidores de policía e incorporando la nueva figura de los jueces de paz. Su jurisdicción es el distrito.

Los jueces de paz reemplazaron a los corregidores.

Los jueces de paz están llamados a atender los conflictos vecinales con una visión menos inquisitiva y más orientada a los derechos humanos, con el fin de conciliar las partes en conflicto procurando salvaguardar el tejido social y la paz comunitaria. Las casas de paz funcionan administrativamente con los recursos que le proporcionan las alcaldías y, en algunos casos, las juntas comunales ofrecen un espacio físico para su funcionamiento.

Ahora bien, veamos cuál es la realidad de las casas de paz. Debemos recordar que en este proyecto de justicia están vinculadas otras instituciones, como el Ministerio de Gobierno, la Procuraduría de la Administración (responsable de capacitar a su personal), y la Secretaría Nacional de Descentralización. Aunque su creación despertó grandes expectativas en la sociedad, la justicia comunitaria de paz sufre graves obstáculos para hacer su trabajo, porque las casas de paz no tienen las condiciones mínimas para su operación, su personal no ha sido entrenado para atender los casos que se tramitan, incluso no se ha incorporado a los mediadores cuya figura es fundamental y mandatorio por disposición de la Ley 16.

Cada municipio debe contar con una comisión técnica distrital, que tiene como objetivo atender las quejas de los usuarios contra actuaciones de los jueces de paz, supervisar y evaluar periódicamente su desempeño. Sin embargo, esta comisión es inoperante debido a la falta de interés demostrada por las autoridades alcaldicias; y a pesar de ser una colaboración de la sociedad civil, no se le ha brindado el apoyo, como sería una oficina y logística para poder responder a sus funciones. Es oportuno mencionar que estas tareas se desempeñan sin costo de salario para el municipio.

La ley desde sus inicios presenta algunas inconsistencias que dejan en un “limbo” varios de sus artículos. Es por eso que el año pasado se impulsó un proyecto de ley que buscaba reformar y mejorar algunos aspectos de la Ley 16, con la finalidad de subsanarlos, sin embargo, hasta la fecha se continúa impartiendo justicia comunitaria con muchas deficiencias.

Veamos lo que acontece en el distrito de Panamá, el municipio más grande del país donde se le brinda atención en temas de justicia comunitaria de paz a más de un millón de personas segregadas en 26 corregimientos, pero atendidos por 23 jueces de paz que no cuentan con las condiciones necesarias para impartir justicia. En el Municipio de Panamá, luego de casi tres años de su implementación, tampoco están los mediadores necesarios para resolver conflictos, y la comisión técnica Ddstrital sigue inoperante debido a la falta de voluntad política/administrativa de dos administraciones alcaldicias. Los problemas vecinales se generan a cada minuto y no se está ofreciendo una respuesta oportuna a esta problemática que se ha acentuado en medio de la pandemia que vivimos.

Desde la Corte Suprema de Justicia y demás estamentos de la administración de justicia y del Ministerio Público, hasta las casas de paz, este país pide a gritos un sistema de justicia que garantice la paz y propicie un clima conciliador dentro de un estado de derecho. Hago un llamado enérgico a las autoridades involucradas con este proyecto, para que intervengan en este proceso de anarquía que existe, tomando muy en cuenta que hay miles de personas que dependen de este servicio para resolver sus problemas, los cuales ante la ausencia de autoridades confiables terminan con violencia, inseguridad o ilegalidades.

No perdamos de vista que hemos tenido, y aún tenemos, una oportunidad invaluable de dejar un sistema de justicia desde su nivel más básico (comunitario) que puede ser un ejemplo como modelo para otros sistemas más evolucionados, pero igualmente criticados como nuestro Órgano Judicial.

En un momento donde la pandemia nos obliga a modificar nuestros hábitos de comportamiento, nos altera nuestro equilibrio emocional y donde se producen más conflictos incluso en el seno familiar debido a esta crisis sanitaria, demandamos un sistema de justicia que evite mayores conflictos por su lentitud, y que ejecute conforme a la ley, pero también atendiendo las necesidades humanas que hoy son una prioridad. Hacemos un llamado a una justicia comunitaria de paz gratuita, expedita y justa.

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