Mayoría del pleno de la CSJ decide que candidatura de Mulino es constitucional

Actualizado
  • 03/05/2024 06:04
Creado
  • 03/05/2024 05:28
La decisión del pleno de la Corte Suprema recibió ocho votos a favor y un salvamento de voto

El pleno de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) declaró constitucional el acuerdo de los magistrados del Tribunal Electoral que habilitó la candidatura presidencial de José Raúl Mulino, por los partidos Realizando Metas y Alianza.

La encargada de leer el fallo, unánime del pleno, fue la magistrada presidenta del CSJ, María Eugenia López Arias.

“Por lo que el pleno de la CSJ administrando justicia declara que no es inconstitucional el punto resolutivo segundo del acuerdo de pleno No. 11-1 de 4 de marzo de 2024 del Tribunal Electoral”, destacó la decisión de los magistrados.

La decisión del pleno de la Corte Suprema recibió ocho votos a favor y un salvamento de voto del magistrado Cecilio Antonio Cedalise Riquelme.

La sesión permanente de la CSJ duró más de 40 horas, las cuales comenzaron el pasado 30 de abril.El equipo de prensa de la Corte informó a las cuatro de la mañana de este 3 de mayo que se pronunciaría sobre la demanda.

DEMANDA

La abogada Karina Karamañites interpuso una demanda de inconstitucionalidad contra el Acuerdo No. 11-1 del Tribunal Electoral dle 4 de marzo de 2024, que inhabilitó a Ricardo Martinelli Berrocal, para postularse a presidente y diputado por haber sido condenado por blanqueo de capitales y autorizó la candidatura de Mulino.

Después de tres días de reunión los nueve magistrados que conforman el pleno de la CSJ avalaron el proyecto de fallo del magistrado ponente Olmedo Arrocha.

Arrocha recibió de manera aleatoria en el reparto de demandas la presentada por Karamañites el pasado 12 de marzo.

En declaraciones a los medios de comunicación Arrocha indicó que para redactar su proyecto de fallo tomó en cuenta los 88 alegatos presentados a favor y en contra de la candidatura de Mulino.

De esos alegatos 71 eran partidarios de que la candidatura era constitucional y 17 defienden la inconstitucionalidad del acuerdo de los magistrados del Tribunal Electoral.

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