Gobierno publica en Gaceta suspensión del polémico Decreto 130

Actualizado
  • 12/06/2017 18:17
Creado
  • 12/06/2017 18:17
Tras la ola de críticas al Decreto Ejecutivo 130 del 6 de junio de 2017, el ministro Dulcidio de la Guardia anunicó la suspensión de la medida

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) publicó en Gaceta Oficial el Decreto Ejecutivo 132, por el cual se suspende la entrada en vigencia del Decreto 130, sobre valor catastral.

Tras la ola de críticas al Decreto Ejecutivo 130 del 6 de junio de 2017, el ministro Dulcidio de la Guardia anunció la suspensión de la medida.

El Decreto Ejecutivo lleva la firma del presidente de la República, Juan Carlos Varela, y el ministro del MEF.

La norma establecía que los municipios debían hacer un reporte de los permisos de construcción, cambios de uso de suelo y otros datos para actualizar el valor catastral de las propiedades.

El artículo 1 del citado decreto señalaba que los municipios, instituciones o funcionarios encargados de expedir permisos para levantar construcciones, refaccionarlas o repararlas, deberían remitir a la Autoridad Nacional de Administración de Tierras (Anati) y a la Dirección General de Ingresos (DGI) dentro de los quince días siguientes al mes anterior, un reporte, preferiblemente por medios electrónicos, de los permisos de construcción otorgados, cambios de zonificación o de uso de suelo.

Así mismo, de los permisos de ocupación que contenga los datos necesarios para mantener la actualización de la información catastral de las respectivas fincas o inmuebles situados dentro de su jurisdicción.

Agrega que una vez expedidos los citados permisos, los propietarios de las fincas que realicen algunas de estas modificaciones deberán actualizar las mejoras realizadas ante la Anati, dentro de los seis meses siguientes a la fecha del permiso de ocupación. De no ser así, advierte, la Anati podrá hacerlo de manera oficiosa.

En su artículo 2, se indicaba que la DGI facilitará, previa solicitud de los respectivos municipios, la lista de los inmuebles que se hallen morosos por más de doce meses, luego de su causación y que correspondan a su área geográfica. La finalidad es ubicar a los propietarios de dichos inmuebles bajo su jurisdicción y remitir dicha información a la DGI.

El artículo 3 destaca que los notarios deberán exigir como requisito para protocolizar o elevar a escritura pública para el traspaso de títulos de dominio o propiedad de un bien inmueble, que las partes desglosen el valor del terreno y mejoras, en aquellos casos que corresponda.

Igual obligación, agrega, se extenderá a los servidores públicos que por virtud de ley se encuentren habilitados para ejercer funciones notariales en la República de Panamá.

Una vez promulgada la nueva norma y suspendido el Decreto 130, el MEF convocaría las consultas. Las consultas empezarán esta misma semana.

El ministro de la Presidencia, Álvaro Alemán,  denunció que tras las manifestaciones contra el Decreto Ejecutivo 130 sobre información catastral hay intereses políticos.

"Esos son movimientos politiqueros" señaló Alemán en referencias a las protestas convocadas para exigir la derogación y no la suspensión del Decreto 130.

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