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El dilema constituyente de Chile y la ausencia del pueblo en la sala de máquinas del proyecto de constitución
- 31/07/2022 00:00
- 31/07/2022 00:00
Cuando nos referimos al proceso constituyente chileno hacemos referencia a las distintas propuestas para cambiar la Constitución de 1980, aún vigente, la cual fue redactada por una comisión especialmente nombrada a estos efectos, sin participación ciudadana, durante la dictadura del general Augusto Pinochet, y aprobada en un cuestionado plebiscito.
Esta Constitución autoritaria, con serios déficits en materia de derechos humanos y democráticos, continua vigente, con algunas modificaciones, luego de la transición democrática culminada en 1990. En octubre de 2019 se inicia una rebelión popular.
El objetivo más sobresaliente del estallido social fue lograr la aprobación de una nueva Constitución. Para alcanzar ese objetivo la mayoría de los partidos políticos alcanzaron un acuerdo para la elaboración de una nueva constitución política y el 25 de octubre de 2020 se realizó el plebiscito nacional que decidió el inicio del actual proceso constituyente.
Acuerdo por la paz social y la nueva constitución: En una extraordinaria y excepcional Declaración las principales fuerzas políticas del Congreso deciden convocar a un proceso constituyente para cambiar la constitución.
Reforma de la constitución vigente: Para incorporar la hoja de ruta y las reglas del proceso constituyente.
- Convocatoria a plebiscito nacional de entrada: El 25 de octubre de 2020 se aprueba la opción para que se adopte una nueva constitución.
Elección de 155 convencionales: Se elige, por vez primera en la historia de la humanidad, de manera paritaria, a los integrantes de la convención.
Redacción del proyecto de Constitución: La convención constituyente concluye sus labores en el plazo previsto y el texto es entregado en ceremonia especial al presidente de la República.
Plebiscito ratificatorio: Se convoca para el 4 de septiembre de 2022 la votación del plebiscito de salida del proceso constituyente para aprobar o rechazar, la propuesta de constitución.
Estado social y democrático de derecho.
Democracia paritaria.
Amplio catálogo de derechos fundamentales.
Creación de un Estado plurinacional e intercultural.
Derechos de la naturaleza y derecho humano al agua.
Amplio reconocimiento de los derechos sexuales y reproductivos.
Cambio del paradigma neoliberal subsidiario en materia de pensiones, cuidados y seguridad social.
En nuestra opinión el debate más importante que debió abordar la convención constitucional chilena era el relativo al régimen o sistema político y la distribución del poder. Toda constitución está integrada por un preámbulo, una parte dogmática, la parte orgánica y finalmente por la cláusula de reforma. La Constitución de los Estados Unidos, solo contenía, originalmente, una estructura de gobierno o parte orgánica.
Para los padres fundadores de la Nación norteamericana la Constitución era, en primer lugar, un mecanismo que permite limitar, restringir y controlar el ejercicio del poder político. Tuvieron que transcurrir varios años para que le fuera incorporada una declaración de derechos o parte dogmática en forma de enmiendas al texto original. Para Giovanni Sartori, las constituciones fundamentalmente son “formas que estructuran y disciplinan los procesos de toma de decisiones de los Estados”.
Si coincidimos con esta concepción, debemos concluir que el problema fundamental de la política es “el Poder” y que la Constitución determina, básicamente, la manera como debe organizarse y ejercerse ese poder. Este aspecto, a nuestro juicio, es la cuestión principal para resolver en el proceso constituyente.
Sin embargo, el proyecto de constitución, tal como quedo redactado, produce una suerte de homologación constitucional con países como Ecuador, Colombia Venezuela y Bolivia, donde se ha desarrollado la corriente denominada “Nuevo Constitucionalismo Latinoamericano”. No obstante, sus aspectos positivos en materia de derechos fundamentales, territoriales y de las minorías originarias, la consideramos como una extraordinaria oportunidad histórica perdida de transformar Chile e influir decisivamente en el resto del continente.
En este orden, señalamos que, igual a aquellos países de Latinoamérica, se mantiene el hiper-presidencialismo, tan típico de la tradición constitucional elitista latinoamericana. Sorprende la ausencia de instituciones de participación y control popular que impulsen la construcción de una democracia participativa.
Desde el año 2014 el constitucionalista argentino Roberto Gargarella advertía como las reformas constitucionales en Latinoamérica se concentraban en la parte dogmática de las mismas, a través de un amplio catálogo de derechos fundamentales, dejando intacta la estructura de poder oligárquica.
Para Gargarella tenemos un proyecto de constitución con dos almas: Una con derechos fundamentales de vanguardia y otra con un sistema político y organización del poder de retaguardia. La realidad constitucional de Latinoamérica nos enseña que los derechos valen tanto como sus garantías y las capacidades institucionales previstas para hacer efectiva su realización.
Queda pendiente la necesaria armonización de estas dos partes de la Constitución. si realmente se quiere que Chile pueda construir una sociedad verdaderamente democrática, justa e igualitaria.
No es posible concebir que Chile pueda construir una democracia radical y plural sin pensar en un cambio real de las formas de organización del poder y sin la presencia protagónica del pueblo en la construcción de la nueva sociedad. Recomponer la estructura y las relaciones entre los órganos que ejercen el poder del Estado chileno e incorporar al pueblo para construir una democracia participativa y protagónica es la tarea principal que quedo pendiente en el proyecto de Constitución.
A pesar de estos serios déficits y de que el proyecto no cuestiona las bases del modelo de Estado y de sociedad existente, la derecha, con el control cuasi monopólico de los principales medios de comunicación, ha desatado una descomunal y feroz campaña, atacando los aspectos positivos del proyecto constitucional, para que en el plebiscito de salida los chilenos se decanten por la opción del rechazo. Actualmente las encuestas muestran un triunfo indiscutible del rechazo.
Frente a lo grave de esta situación, que amenaza con destruir el proyecto progresista recién iniciado, no podemos alinearnos con la ofensiva brutal que la derecha está desarrollando. Nuestra posición es favorable al “APRUEBO”, no obstante, las serias carencias que, a nuestro juicio tiene el proyecto de Constitución. Pero ese voto positivo debe contener un compromiso de los sectores progresistas de “REFORMAR” la Constitución para realizar todos los cambios que sean necesarios para impulsar el gobierno popular. “Consolidar para Avanzar”, como dirían los jóvenes revolucionarios de la época del gobierno de la Unidad Popular.
Pensamiento Social (PESOC) está conformado por un grupo de profesionales de las Ciencias Sociales que, a través de sus aportes, buscan impulsar y satisfacer necesidades en el conocimiento de estas disciplinas.
Su propósito es presentar a la población temas de análisis sobre los principales problemas que la aquejan, y contribuir con las estrategias de programas de solución.
El autor es Abogado y Docente Universitario