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Se cierra otro caso pendiente del exrector de la UP
- 25/03/2019 01:01
- 25/03/2019 01:01
En lo que respecta a las causas judiciales que mantenía abiertas, ha sido una semana redonda para Gustavo García de Paredes. El viernes, el exrector fue sobreseído por el juez Décimo Quinto de Circuito Penal por la causa que se le seguía por el delito contra la administración pública. El supuesto peculado ascendía a $37,330 que iban a ser destinados a la instalación de una serie de equipos en la Facultad de Odontología.
El fin de semana trascendió que el Tribunal de Cuentas, en un fallo que se remonta al 11 de marzo, ordenó el cierre y archivo del expediente relacionado con un contrato de arrendamiento celebrado en el 2006 entre la Universidad de Panamá (UP) y la sociedad anónima Parque Industrial y Corporativo Sur, S.A.
‘Los auditores de la Contraloría General manifestaron que la Universidad de Panamá arrendó los terrenos de su propiedad a empresa Parque Industrial y Corporativo Sur S.A., con el objeto de realizar actividades de almacenamiento y centro de distribución, donde la entidad debe reembolsarle parte de su inversión en mejoras en el área arrendada, mediante rebajas de aplicadas en el canon de arrendamiento', detalla el documento firmado por los tres magistrados del Tribunal de Cuentas.
Frente a lo que considera como un caso que evidencia una lesión patrimonial para la Universidad de Panamá, el abogado constitucionalista Miguel Antonio Bernal afirmó que estas decisiones representan una confirmación del ‘grado de impunidad que continúa operando en el Órgano Judicial'.
El jurista criticó la insistencia en sobreseer a responsables de ilícitos, a pesar de que se cuente con la evidencia necesaria para determinar su culpabilidad. ‘Este es el resultado del compromiso de Varela con García de Paredes... ‘Popi' Varela fue a verlo para que se retirara, asegurándole de que no le iba a pasar nada, pero que iba a tomar algo de tiempo'. Cabe recordar que el exrector abandonó el cargo en el 2016.
El documento del Tribunal de Cuentas especifica que ‘se ha producido el fenómeno jurídico de sustracción de materia en cuanto a la solicitud contenida en el incidente de preclusión de la investigación...'. Bernal plantea que si la causa prescribió es porque ‘ellos se quedaron con el expediente, lo pusieron en una gaveta, una práctica frecuente en el sistema legal panameño; la morosidad no es gratuita, es predeterminada'.
Por su parte, Eduardo Sequeira, abogado de García de Paredes, indicó que dentro de la investigación no se pudo comprobar que se registró una pérdida económica para el Estado panameño. ‘García de Paredes actuó en pos de los mejores intereses de la Universidad de Panamá', recalcó el letrado.
En su opinión, los terrenos en cuestión, con una superficie de 42 hectáreas. y segregado en tres fincas (293111, 309838 y 444921), se encontraban expuestos a invasiones y representaban un gasto para la Universidad de Panamá.
Sequeira enfatizó el hecho de que el contrato de arrendamiento tuvo que pasar por el filtro que establece la Ley 22 de contrataciones públicas, que se remonta al 2006.
Comentó que no es lógico que después de 10 años, a partir de un revalúo, se cuestione el canon de arrendamiento establecido. ‘Los contratos deben respetarse', argumentó.
El fallo del Tribunal de Cuentas hace mención de un informe de auditoría que habría determinado que el contrato de arrendamiento fue ejecutado con evidente ‘inobservancia a las disposiciones legales, reglamentos y normativas que imperan en materia de contratación pública'.
Asimismo, los auditores mencionan una serie de ventajas concedidas a la empresa Parque Industrial y Corporativo Sur, S.A. y que consideran ‘van en detrimento del Estado, ya que la Universidad indirectamente contribuye con la inversión de la empresa, situación contraria a los principios de economía y de transparencia, que deben estar presentes en todo acto público'.