Aumento de penas, ¿la fórmula para reducir los homicidios?

Actualizado
  • 01/12/2022 00:00
Creado
  • 01/12/2022 00:00
Hasta noviembre de 2022 se reportan 322 homicidios. El Órgano Ejecutivo impulsa reforma que aumenta en dos años la pena mínima de los homicidios.

Hace tres semanas en Los Pueblos, corregimiento de Juan Díaz, dos encapuchados se acercaron a un agente de seguridad. Uno de ellos empuñó un arma, jaló el gatillo. Varios disparos silenciaron para siempre al agente. Sin el menor remordimiento, los delincuentes le sustrajeron el arma de trabajo. En la oscuridad de la noche, pero en medio de la actividad comercial de la zona y ante la mirada perpleja de los transeúntes, huyeron de la escena del crimen. No es el primero que muere a manos de delincuentes.

En coincidencia con el hecho de sangre, el Órgano Ejecutivo aprobó aumentar dos años más la pena mínima de los homicidios. Actualmente la pena mínima es de 10 años, la máxima es de 20. Pero si el asesinato está marcado por agravantes, la condena oscila entre los 20 y 30 años.

El Ejecutivo propone que la pena mínima sea 12 años y la máxima se mantenga en 20 años. Adicionalmente incluye como una conducta agravada un asesinato contra un agente de seguridad privada, que se encuentre cumpliendo sus labores. En este caso, la pena iría entre los 20 y 30 años de prisión, con una detención provisional inmediata.

Juan Carlos Araúz, presidente del Colegio Nacional de Abogados (CNA), explicó que se están proponiendo políticas públicas de justicia penal, en atención a hechos concretos que están relacionados con situaciones en contra de agentes de seguridad privada. “Entendería que se trata de la vida humana y su defensa siempre debe adecuar las sanciones por ser un hecho grave a la vida ...”, indicó.

El abogado y exfiscal contra el crimen organizado Roberto Moreno Obando aseguró que la propuesta es acorde con lo que se maneja en la región y la importancia del bien jurídico que se tutela.

Mirada a la región

En Perú, las penas por un homicidio simple oscilan entre 6 y 20 años. Y entre 15 y 25 años cuando hay agravantes. En Colombia, la pena por un homicidio simple oscila entre 13 y 25 años. Si hay agravantes, la condena iría entre los 25 y 40 años. Costa Rica impone por homicidio simple una condena entre los 12 y 18 años. Pero, con los agravantes, la pena oscila entre 20 y 35 años. A pesar de lo anterior, el exfiscal considera que el aumento de 2 años de prisión en la pena mínima no es significativo.

En Panamá, la pena máxima que se puede aplicar a una persona es de 50 años acumulando delitos. “... La vida es el derecho humano más importante y, por ende, las personas que la cercenan deben ser severamente castigadas”, dijo.

En relación a los asesinatos de agentes de seguridad, al exfuncionario le parece razonable incluirlos como una conducta agrava porque normalmente se producen para robarles las armas y cometer otros delitos. Estos –agentes de seguridad– están expuestos a riesgos por su trabajo.

El abogado, sin embargo, advierte que el aumento de penas como política criminal no resuelve los problemas ni logra disminuir los homicidios. “El que va dispuesto a matar a un seguridad no está pensando en la pena, sino en lograr su cometido sin ser atrapado”, comentó Moreno Obando.

A su juicio, la política criminal debe estar dirigida a la prevención. Y seguido al fortalecimiento de las capacidades de investigación y juzgamiento para que se apliquen las penas y para que los casos no queden impunes por falta de pruebas e investigaciones ineficaces. Y no precisamente en un aumento de penas.

Nadia Franco Bazán, catedrática de derecho penal de la Universidad de Panamá, con posgrado en estudios criminológicos, considera que “no es tanto” un aumento de dos años en la pena mínima. En otros países, los aumentos han sido más significativos. En México, la pena prevista para los homicidios es de 40 años. Para los feminicidios eran 50 años, pero han llegado incluso a 80 años, explicó.

La reforma propuesta por el Órgano Ejecutivo es producto de un trabajo interinstitucional entre el Ministerio de Gobierno y el Ministerio de Seguridad Pública, que modifica el artículo 131, adiciona un numeral al artículo 132 y modifica el último párrafo del artículo 137 del Código Penal, continuó.

El ministro de Gobierno, Roger Tejada, es el encargado de presentar a la Asamblea Nacional la propuesta del Ejecutivo. El Consejo de Gabinete aseguró que esta propuesta surge “a razón de que en los últimos años la sociedad panameña se ha visto impactada por actos de violencia con el resultado de pérdida de vidas”.

Tejada aseguró que se plantean reducir el número de homicidios que a noviembre suman 322, entre ellos agentes de la seguridad privada. Agregó que en los últimos dos meses se han registrado robos en joyerías, bancos y centros comerciales, y en donde los enfrentamientos entre agentes de seguridad y delincuentes han sido recurrentes. La idea es enviar un mensaje de “mano dura” ante estos hechos de violencia.

Conductas agravantes

El Artículo 132 del Código Penal establece una serie de circunstancias que agravan la responsabilidad del criminal, autor de un delito, con penas de 20 a 30 años de prisión cuando un homicidio se ejecute contra un pariente cercano o cuando se encuentra bajo la tutela del autor. La misma pena se aplica para cuando se cometan con alevosía y premeditación. Cuando en un homicidio se haga uso de fuego, inmersión, asfixia u otro delito contra la seguridad colectiva. También cuando sea consecuencia de un acto de violencia doméstica, cuando se trate de un servidor público, cuando se produzca con arma de fuego, contra una mujer en estado de gravidez, en niños menores de 12 años, en adultos mayores de 70 años, o cuando sea un acto de discriminación o racismo. En caso de que la Asamblea Nacional de Panamá apruebe la iniciativa del Órgano Ejecutivo, a estas penas estarían sujetos los homicidios contra los agentes de seguridad.

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