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- 04/04/2014 02:00
¿Quo vadis, Coneaupa?
La acreditación de la educación superior en Panamá tuvo su origen en la Ley No. 30, de 20 de julio de 2006, que creó el Sistema Nacional de Evaluación y Acreditación para el Mejoramiento de la Educación Superior Universitaria de Panamá; esta Ley se halla reglamentada por el Decreto Ejecutivo No. 176, de 30 de marzo de 2011, por el cual se modifica el Decreto Ejecutivo No. 511, de 5 de julio de 2010, que reglamenta la Ley No. 30 y se dictan otras disposiciones.
El Artículo 2, numeral 1, del citado Reglamento define la acreditación como la: ‘Certificación emitida por el Consejo Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria de Panamá [Coneaupa], previo análisis de los procesos de autoevaluación de programas, de la evaluación institucional y de evaluación de pares externos, para dar fe pública de la calidad de sus programas y de la situación universitaria en general’. El mismo instrumento normativo define la Autoevaluación Institucional como: ‘Proceso mediante el cual cada universidad asume la responsabilidad de evaluar la institución como un todo, para hacer un informe final de incluya logros y los aspectos críticos de su funcionamiento, con el fin de elaborar planes de mejoramiento, tomando como referencia su declaración de misión y visión, con objetivos institucionales, así como los criterios e indicadores de la calidad aprobados por el Coneaupa.
Hasta el presente, cinco universidades oficiales (Universidad de Panamá, Universidad Tecnológica de Panamá, Universidad Autónoma de Chiriquí, Universidad Especializada de las Américas y Universidad Marítima de Panamá) están debidamente acreditadas (homologadas) por el Coneaupa. La Universidad Autónoma de Chiriquí obtuvo su acreditación mediante Resolución No. 4 de 20 de julio de 2012 (G.O. No. 27139-A) y la Universidad de Panamá mediante Resolución No. 13 de 8 de octubre de 2012 (G. O. No. 27087). Como queda señalado, la acreditación sirve ‘para dar fe pública de la calidad de sus programas y de la situación universitaria en general’. Esto quiere decir que desde el momento de su acreditación, las mismas carreras que se impartan en estas universidades públicas quedan debidamente acreditadas (homologadas) y dichas universidades están obligadas a reconocerse entre sí y a trabajar en armónica colaboración, con independencia de que existan reglamentos o disposiciones legales de menor jerarquía que de algún modo sean contrarios a los fines o propósitos de la Ley No. 30 que dio origen al Sistema Nacional de Evaluación y Acreditación para el Mejoramiento de la Educación Superior Universitaria de Panamá.
La acreditación vendría a ser el mecanismo civilizado necesario, no solo para garantizar el acceso de todos los panameños a una educación superior de calidad, sino también el mecanismo necesario para poner fin al largo prontuarios de humillaciones y sufrimientos, de violación a los derechos humanos, a que históricamente han sido sometidos cientos de estudiantes panameños, de origen humilde, por parte de una élite docente que considera que las universidades públicas, en vez de existir en función del interés superior del estudiante y sobre la base de una armónica colaboración para hacer prevalecer este interés y la excelencia académica, deben existir como islas, haciendas feudales o autarquías educativas, donde solo cuente el interés mezquino, inhumano, los caprichos y las ambiciones personales de esta élite docente que durante años, con total impunidad, se ha dedicado a destruirle la vida —sobre la base de legalismo obsoletos— a cientos de indefensos estudiantes panameños.
El caso más humillante y absurdo, de total menosprecio o deshonra de la acreditación universitaria, lo constituye la separación o expulsión de la distinguida estudiante Carina Samudio Miranda, del IV año de la Facultad de Medicina de la UNACHI, con el viejo a argumento, superado por la acreditación de las universidades públicas, de que la Facultad de Medicina de la UNACHI no reconoce a la Facultad de Medina de la Universidad de Panamá, hecho ilegal, absurdo y hasta ridículo, si se toma en cuenta que la Facultad de Medicina de la UP está entre una de las mejores del mundo, que la Facultad de Medicina de la UNACHI se desgajó de la de la UP y sobre todo, si se toma en cuenta que desde hace dos años la UNACHI se comprometió institucionalmente a buscarle solución a ‘los aspectos críticos de su funcionamiento’, verbigracia, el anacronismo legal existente que ha servido de pretexto para evitar que se garantice la movilidad estudiantil entre dichas universidades públicas. ¿Quo vadis, Coneaupa?
ABOGADO