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El hostigamiento abarca una amplia gama de comportamientos. En Panamá, la Ley 7 del 14 de febrero de 2018, en su Artículo 3, establece: “...En el ámbito educativo, consiste en amenazas, intimidación, humillaciones, burlas, maltrato físico, discriminación, basada o no en el sexo de la víctima”. Desde el pasado año 2023, el Centro de Formación Integral Colegio Abel Bravo, contrató los servicios de un instructor para la banda de música, pues ya se contaba con un instructor de percusión.
A su llegada, la dirección del plantel le otorga el rol de director de la banda, lo que parece haber inflado el ego y la arrogancia de este personaje, a tal grado que, inicia una embestida de menosprecio, irrespeto y amenaza contra los miembros de la banda de percusión. Actúa groseramente con epítetos que humillan, denigran y afectan la dignidad de los adolescentes.
Ha promovido cierta animadversión entre miembros de la banda de música y los de percusión. Desde su impronta el año pasado, sus actuaciones deleznables han motivado la queja de padres en la dirección del plantel y nuevamente este año. Las pruebas audibles, aunque desestimadas por la dirección del centro, la supervisión y bienestar estudiantil, dan fe del despectivo trato y procedimientos intimidantes.
Tales pruebas evidencian la arremetida del ofensor, cuando se refiere a las chicas de las banderolas, batallón y guaripolas como solo adornos en su banda –reclamo que hizo una madre desde el WhatsApp del grupo de la banda–. De igual forma revelan, cuando en una reunión se dirige a dos niñas, una de batallón y otra de guaripolas diciéndoles: “Ustedes dos, busquen su hueco”, para solicitarles grotescamente que salieran de la reunión; no conforme con ello, dada la amistad de estas chicas con los muchachos de la banda de percusión, ante el grupo de la banda, se refiere a estas en tono peyorativo diciendo: “Esas son las carga bolillos”.
Bajo el discurso de que él tiene autoridad concedida por la directora para hacer lo que le da la gana, también ha violentado procedimientos, expulsando estudiantes de la banda de percusión sin el debido proceso disciplinario, cuando esa decisión es exclusiva de la dirección. Pasando por encima de la autoridad de la directora fue a la residencia de uno de los chicos de la banda con una patrulla de policía para quitarle un tambor. De hecho, el procedimiento correcto era que la directora del plantel emitiera una citación al acudiente para solicitar la entrega del instrumento, sin llegar a esos extremos denigrantes.
Si es buen o mal instructor de música, ¡esa es otra evaluación! Lamentablemente, en nuestra sociedad, los adultos suelen desestimar la versión de los estudiantes o adolescentes y los directivos de este centro no son la excepción. Pero, el Derecho es una ciencia de pruebas y estas están a disposición. Ahora entendemos por qué muchos chicos prefieren callar y dejar impunes estas faltas a su dignidad pues no se les cree o se presume que están siendo manipulados. ¿Será esta la forma como se garantizan los Derechos de la Niñez y la Adolescencia en este país?
En suma, cualquier individuo que tenga a bien instruir o enseñar algún arte a niños, niñas o adolescentes, creyendo que no va a tropezar con cuotas de indisciplina y rebeldía por considerar que todos deben ser bien portados, entonces, no está en el lugar indicado. Pues, hay aprendizaje cuando hay cambio de conducta y eso solo se logra haciéndole saber al chico lo importante que resulta su talento para los objetivos de la actividad. Además, ser estricto implica ajustarse enteramente a las normas establecidas.