• 27/12/2023 10:07

Código penal y violencia de género

Una reforma integral beneficia tanto a las víctimas como a las autoridades judiciales

Del 25 de noviembre al 10 de diciembre se celebra anualmente los 16 días de activismo contra la violencia de género, fecha establecida por la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), en conmemoración del asesinato de las hermanas Mirabal en la República Dominicana bajo el régimen dictatorial de Trujillo.

En el último año, varios han sido los casos conocidos a violaciones a los derechos fundamentales de las mujeres que constituyen claros casos de violencia, sobre todo los más recurrentes han sido los casos de violencia digital. Las constantes violaciones a derechos fundamentales como la privacidad en el entorno digital de personas mediáticamente expuestas, volvieron a traer a la palestra pública la urgente necesidad de actualizar el Código Penal para combatir efectivamente y en tiempo oportuno, las diversas modalidades de delitos a través de los medios informáticos.

Si la finalidad de los administradores de justicia es prevenir el delito, castigando ejemplarmente a quienes lo hayan cometido, es igualmente indispensable adaptar la normativa actual continuamente a la actividad ilegal a través de las tecnologías de la información y comunicación (TIC).

Conductas como la obtención ilegal de videos de cámaras de seguridad, así como amenazar, coaccionar y/o chantajear, y su publicación y difusión no consentida, abarcan varios delitos que van desde la violación a la intimidad, el derecho a la privacidad, la violencia de género, entre otros. Esto debe llamar tanto a a las autoridades judiciales como a legisladores a acelerar la urgente actualización de la norma para abordarlos en la esfera penal. A más de un año de su prohijamiento, la Asamblea Nacional aún no discute en primer debate el Proyecto de Ley 632 que modifica y adiciona artículos al Código Penal y agrega artículos al Código Procesal Penal, el cual busca atender los riesgos del uso indebido de las TIC. Esta iniciativa que fue producto de una mesa de trabajo compuesta por la Autoridad de Innovación Gubernamental (AIG), el Ministerio Público, la Asamblea Nacional de Diputados y representantes de la sociedad civil y el sector privado.

La misma exposición de motivos del anteproyecto reconoce que la evolución de la tecnología “transforma e impacta el Derecho Penal tradicional”, que debe adecuar “tipos penales que hoy quedan en la impunidad, por ser conductas no reguladas en la ley, y que pueden hacer también de Panamá un punto desde el cual se hospedan sitios que violan derechos reconocidos internacionalmente o desde los cuales se cometen delitos cibernéticos hacia otras jurisdicciones”.

A su vez, Panamá es signataria desde el año 2013 del Convenio de Budapest, un acuerdo internacional que obliga a los Estados a garantizar las reformas legales para tipificar todas las conductas delictivas que violen el derecho a la privacidad de los datos personales en el entorno digital y que 10 años después no ha sido adecuado a la legislación nacional.

Entre los cambios que contempla la iniciativa, se incluye castigos con penas de prisión para quien haga públicos sin autorización la correspondencia, datos informáticos, grabación o documentos privados y personales, incluso cuando el material esté relacionado a explotación sexual infantil, reales o simulados; para quienes saquen provecho ilícitamente ingresando, alterando, borrando, desbloqueando, modificando, manipulando y/o interfiriendo con el funcionamiento de un sistema informático o electrónico en perjuicio de un tercero; para quienes suplanten la identidad utilizando datos informáticos de otras personas y apropien indebidamente de datos almacenados en un sistema informático, como sería el caso de las grabaciones de una cámara de circuito cerrado.

Se requieren al menos cinco modificaciones o adiciones al Código Procesal y Penal para que el Ministerio Pública empiece a tener las herramientas para investigar el amplio espectro de ciberdelitos que actualmente están quedando impunes con las leyes actuales. Las víctimas no pueden seguir desamparadas mediante el archivos de sus expedientes en las distintas agencias del Ministerio Público y los pocos procesos que llegan a término, no deben demorar años para obtener un fallo.

La autora es abogada especializada en derecho digital.

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