Asamblea corrige “error involuntario” y magistrada López asume su cargo

Actualizado
  • 11/12/2019 14:17
Creado
  • 11/12/2019 14:17
La Asamblea había aprobado la Resolución y detallaba que el reemplazo de Jerónimo Mejía, para un periodo de ocho años, a partir del 1 de enero de 2020

Después de los cuestionamientos por la permanencia de Jerónimo Mejia en el cargo de magistrado de la Corte Suprema de Justicia, a pesar de la designación y ratificación de su reemplazó, la Asamblea Nacional salió a realizar la corrección. 

Este martes se publicó en Gaceta Oficial una fe de errata del “error involuntario” sobre la fecha de entrada de la nueva magistrada María Eugenia López. 

La fe de errata  detalla que López, magistrada de la Sala Segunda de lo Penal,  es a partir de su toma de posesión, por el resto del periodo que corresponde y que concluye el 31 de diciembre de 2027.

La Asamblea había aprobado la Resolución 102 de 4 de diciembre de 2019 y detallaba que el reemplazo de Mejía, para un periodo de ocho años, a partir del 1 de enero de 2020 hasta el 31 de diciembre.

María Eugenia López, magistrada de la Corte, en su despacho.

Fuentes del Órgano Judicial informaron que López asumió el despacho este miércoles.

El presidente de la República, Laurentino Cortizo Cohen, posesionó, el 5 de diciembre, a López Arias, como magistrada principal de la Corte, y a cuatro magistrados suplentes, en una ceremonia en la cual les pidió una y otra vez que “hagan lo correcto”, y que solo se deben a la Constitución, las leyes y a la patria.

“Ustedes están aquí no porque al presidente lo llamó un político, un empresario o un amigo del presidente. Están aquí por sus méritos, se deben a la Constitución y a las leyes del país. No se deben absolutamente a más nadie, ¡ustedes se deben a la patria!”, precisó el mandatario.

En el acto, también tomaron posesión Juan Francisco Castillo, quien será el suplente de la magistrada López Arias; y Carmen Luz de Gracia, como suplente de la magistrada Ángela Ruso en la Sala Civil.

La Asamblea corrigió el error voluntario en la designación del suplente de López, quien también asumió el cargo.

El artículo 17 del Código Judicial señala que: “La persona nombrada magistrado, juez, agente del Ministerio Público o, en general, funcionario de estas dependencias entra en ejercicio de sus funciones desde el momento en que toma posesión del cargo. Por toma de posesión se entiende el acto de prestar juramento, de cumplir fielmente los deberes inherentes al cargo, de el cual se dejará constancia escrita en acta firmada por el presidente del tribunal, el juez o por el agente del Ministerio Público, según sea el caso, el posesionado y el secretario respectivo”.

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