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Defensor del Pueblo insta a las autoridades atender opinión del Consejo de Derechos Humanos de la ONU sobre abogado Mauricio Cort
- 21/03/2022 16:32
- 21/03/2022 16:32
El Defensor del Pueblo, Eduardo Leblanc Gonzáalez, instó a las autoridades locales a atender la opinión Consejo de Derechos Humanos de la Organización de Naciones Unidas, en un informe de uno de sus entes concluyó que la privación de libertad del abogado Mauricio Cort y García es arbitraria.
Fue el Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria del Consejo de Derechos Humanos de la Organización de Naciones Unidas el que calificó como arbitraria la detención de Cort, tras señalar que la misma contraviene los artículos 3, 8, 9, 10 y 11 de la Declaración Universal de Derechos Humanos y los artículos 2, 9 y 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, y se inscribe en las categorías I y III.
El Grupo de Trabajo pidió al Gobierno de Panamá, al concluir la celebración del 92° periodo de sesiones (15 al 19 de noviembre 2021), que adopte las medidas necesarias para remediar la situación de Cort y García sin dilación, y ponerla en conformidad con las normas internacionales pertinentes, incluidas las dispuestas en la Declaración Universal de Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.
En tal sentido, y de acuerdo con un comunicado de la Defensoría del Pueblo, se conoció que el Ombudsman recibió en la entidad la visita de los apoderados legales de un privado de libertad (Mauricio Cort), quienes le pusieron en conocimiento de la opinión No. 44/2021 (Panamá) del Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria, del Consejo de Derechos Humanos de la Organización de Naciones Unidas.
Durante la reunión, se explicó al Defensor del Pueblo que la opinión del citado grupo de trabajo, declara arbitraria la detención del privado de libertad, y exhorta al Estado panameño a adoptar las medidas necesarias para remediar su situación sin dilación y a realizar una investigación exhaustiva e independiente de las circunstancias en torno a la privación de libertad arbitraria del sujeto activo.
Leblanc González destacó que las autoridades competentes, que tienen conocimiento del caso, deben atender la situación, y pronunciarse en los términos que la ley ordena.
Mauricio Cort, fue condenado a 48 meses de prisión en las investigaciones por el pago de sobornos de la constructora Odebrecht en Panamá, pero logró que se le otorgara un reemplazo de pena de 200 días multa a razón de $250 diarios, situación que según su equipo legal considera que el Ministerio Público incumplió, ya que luego en junio de 2019 es detenido y señalado por el supuesto delito de blanqueo de capitales relacionados con el pago de sobornos a través de la empresa FCC, contratista del Tramo II Corredor Vía Brasil, obra que según la Fiscalía Especial Anticorrupción se construyó con un sobreprecio de más de $41 millones.
La defensa del abogado alega que el Ministerio Público incumplió el acuerdo de pena al que se había comprometido con el acusado, tal como ocurrió con el empresario Raúl de Saint Malo, quien se declaró culpable de delitos de blanqueo de capitales en el caso Odebrecht para optar por reemplazar la pena de prisión de 60 meses por trabajo comunitario.
Cort también era un enlace entre funcionarios panameños y FCC para que esta ganara proyectos de infraestructura pública a través de supuestos sobornos del 10%.