Este 3 de noviembre en el Palacio de Las Garzas el presidente José Raúl Mulino encabezó los actos en honor a los 121 años de la separación de Panamá de...
- 14/12/2020 10:20
- 14/12/2020 10:20
La Corte Suprema de Justicia (CSJ) recibió una acción de inconstitucionalidad a una frase al decreto del Gabinete Orgánico de la Lotería Nacional de Beneficencia 224 del 16 de julio de 1969, expedida por la junta Provisional de Gobierno.
Martín Molina, actuando en su propio nombre y representación, intenta que la Corte declare inconstitucional la oración o frase: "los infractores de esta disposición serán penados por el alcalde del distrito en donde intentó vender dicha lotería extranjera, con multa de $10 a $1,000 y arresto de un mes a un año según la importancia de la infracción; penas que serán dobladas en caso de reincidencia".
Previo a la frase anterior, el mismo artículo establece que queda terminante prohibido la venta de billetes de la lotería extranjera, a menos que esa venta sea autorizada por la Junta Directiva de la Lotería Nacional de Beneficencia.
La demanda está en manos del magistrado Carlos Alberto Vásquez Reyes, según el reparto de expedientes del 7 de diciembre de la Corte.