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OCDE- GAFI: ‘Elogio a la doble moral'
- 22/04/2016 02:00
- 22/04/2016 02:00
La sociedad mundial en su conjunto enfrenta una de las más grandes transgresiones a los sistemas financieros que día a día minan nuestros mercados, siendo parte de los problemas que han degenerado en una crisis mundial. Nos referimos a la introducción de dinero proveniente de delitos graves a los mercados para ser convertidos en dinero de uso lícito, lo que se conoce como blanqueo de capitales o lavado de dinero.
Este delito requiere de otros delitos precedentes que generen las riquezas, pero se trata de un delito autónomo, ya que mantiene sus propias características y elementos esenciales; al mismo tiempo se compone de diversas fases o etapas necesarias que van desde la movilización y colocación del dinero hasta la integración del dinero en los mercados financieros de manera legal.
‘Puesto que el delito de blanqueo de capitales ahora, únicamente presupone la existencia de un delito anterior, nadie podrá ser condenado por blanqueo si no existe una sentencia firme y definitiva anterior por un delito distinto, y que se pruebe que el dinero blanqueado tiene procedencia de dicha infracción penal. Lo contrario es una aberración jurídica y se ha producido y se sigue produciendo en la praxis judicial, y por ello no se puede comprender, razonablemente, una condena por un delito de blanqueo de capitales cuando la existencia de los delitos de los que proceden los bienes presuntamente blanqueados está por probar….'( Cobos del Rosal, Manuel y Zabala López, Carlos; Blanqueo de Capitales. Abogados, Procuradores y Notarios, Inversores, Bancarios y Empresarios. España 2005).
Existen organismos especializados que se encargan de evaluar a los estados en virtud de sus legislaciones penales, societarias, bancarias y fiscales para determinar su inserción o salida de listas. Uno de estos organismos lo es el Grupo de Acción Financiera en contra del Lavado de Dinero, o conocido en inglés como: Financial Action Task Force on Money Laundering (FATF), es una institución intergubernamental creada en el año 1989 por el G7. El propósito de la FATF es desarrollar políticas que ayuden a combatir el lavado de dinero y el financiamiento al terrorismo.
Las políticas primarias publicadas por el FATF son un conjunto de cuarenta recomendaciones con relación al lavado de dinero (publicadas en el año 1989 y revisadas en 1996 y luego en 2003), que junto a las recomendaciones especiales para prevenir el financiamiento al terrorismo constituyen el estándar internacional para el control y combate de estas dos actividades.
Las mismas fueron diseñadas con la intención de que sean implementadas en los diferentes países observando la legislación local vigente.
Los organismos han creado una serie de listas para colocar en ellas a los países que no cumplen con estas normativas, pero la mayoría de los países miembros de la OCDE o el G-20, propician y permiten por medio de sus jurisdicciones y sistemas societarios el blanqueo de capitales, pero la existencia de jurisdicciones como Gran Caimán, Islas Marshall, Islas Vírgenes Británicas, las cuales son centros financieros internacionales que responden al interés específico de las grandes potencias que juegan una doble moral ante la OCDE, GAFI y G-20, pone en duda la validez de esas listas.
Los Estados que no se rigen por estas normas o reglas de las naciones más fuertes pueden ser consideradas miembros de estas listas cuyo criterios reales no corresponden, ya que muchas veces estas mismas naciones que señalan o califican a otras que aparte de las listas globales mantienen listas internas, donde solicitan a sus empresas o prohíben a las mismas establecer relaciones en los considerados paraísos fiscales, responden a una situación amoral, debido a que no aparecen en ninguna de estas listas ni es señalada por otras naciones ni organizaciones, pero en cambio mantienen legislaciones más flexibles como ejemplo claro se encuentra Delaware, Estados Unidos.
Es claro que estos Organismos internacionales han perdido su razón de ser para pasar a convertirse en mensajeros de la voluntad de las grandes potencias, que por medio de ellas imponen y establecen medidas de control a las naciones que compiten en sus mercados, evitando tener injerencia directa se ocultan tras protocolos y tratados que ellos mismos no cumplen pero que funcionan para mantener su orden económico.
ABOGADO