Veda del camarón de 2025 se iniciará del 1 de febrero al 11 de abril

Actualizado
  • 15/01/2025 13:40
Creado
  • 15/01/2025 13:29
Durante los 69 días de veda queda prohibido capturar camarón de mar y comercializarlo sin el Certificado de Inspección Ocular,

Desde el 1 de febrero hasta el 11 de abril, un total de 69 días calendario, se dará el primer período de veda del camarón, para este año 2025, quedando terminantemente prohibida la captura de camarones marinos de cualquier especie en todo el país, informó la Autoridad de los Recursos Acuáticos de Panamá (ARAP).

La ARAP aclaró que la medida cumple con lo establecido en el Decreto Ejecutivo 158 de 2003, y por ende, todos los establecimientos comerciales, centros de acopio, plantas procesadoras de productos pesqueros, fincas de cultivo de camarón, comercializadores e intermediarios, así como personas naturales o jurídicas, que se dedican a la actividad comercial del producto camarón, deberán proveerse de un documento denominado Certificado de Inspección Ocular, para la venta, transporte, posesión, comercialización o almacenamiento de camarón, durante el periodo de veda y deben contactar a las diversas regionales de la institución por correo electrónico.

El administrador general de la ARAP, Eduardo Carrasquilla, indicó que este primer período de veda del camarón es una importante medida de ordenación y tiene el objetivo de preservar una de las especies más importantes del procesamiento industrial y de exportación de Panamá que es el camarón junto a las diversas especies de camarón que en el país se procesan.

Aprovechó para instar a todos los procesadores, comercializadores y fincas productoras a que tramiten con el debido tiempo su certificado de inspección que les permita comercializar el producto.

El primer período de veda del camarón se hace con el propósito de darle oportunidad a la especie para reproducirse, y garantizar así la sostenibilidad de este importante recurso pesquero, por la cual la ARAP, con el apoyo de otras instituciones, hará las inspecciones y acciones de vigilancia y control respectivas.

En este periodo (11 de febrero al 11 de abril) está prohibido: capturar camarón de mar, comercializar camarones (de cualquier origen), sin el Certificado de Inspección Ocular, transportar camarones (de cualquier origen), sin el respectivo Salvoconducto de Veda del Camarón (cuyo costo es de $5), expedido por la ARAP. Esto incluye el transporte de nauplios y postlarvas.

Además, advirtieron a los interesados, incluyendo las fincas camaroneras y centros de producción larvaria de camarones, que al no solicitar la inspección Ocular a más tardar el 31 de enero, les cobrarán, en concepto de multa $50, en los días comprendidos entre el 1 y el 7 de febrero.

Advierten de que no se aceptarán las Solicitudes de Inspección Ocular a partir del 8 de febrero de 2025 (Resolución J.D. No. 1 de 26 de febrero de 2008). Las fincas camaroneras deberán presentar la Programación Tentativa de Cosechas y/o Siembras. Es importante recordar que la captura de poslarvas y juveniles de camarones marinos en la naturaleza está totalmente prohibida.

La ARAP facilitó los correos de sus diversas regionales para salvaguardar la salud de cada uno de los usuarios solicita contactar a su regional más cercana a los siguientes correos:

regionalcocle@arap.gob.pa (Coclé)

regionalbocasdeltoro@arap.gob.pa (Bocas del Toro)

regionalchiriqui@arap.gob.pa (Chiriquí)

regionalcolon@arap.gob.pa (Colon)

regionaldarien@arap.gob.pa (Darién)

regionalherrera@arap.gob.pa (Herrera)

regionallossantos@arap.gob.pa (Los Santos)

regionalpanamaoeste@arap.gob.pa (Panamá Oeste)

regionalveraguas@arap.gob.pa (Veraguas)

regionalpanamaeste@arap.gob.pa

veda@arap.gob.pa (Panamá Centro)

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