UCOC denuncia pinchazos en el Canal de Panamá

Los capitanes de remolcador presentaron una querella penal contra tres directivos de la ACP por ‘intervenir sin autorización' diez líneas telefónicas

Representantes de la Unión de Capitanes y Oficiales de Cubierta (UCOC) presentaron ayer una querella penal ante la Comisión de Delitos Contra la Libertad, en la modalidad de inviolabilidad del secreto y el derecho a la intimidad, contra tres directivos de la Autoridad del Canal de Panamá (ACP).

La querella obedece a que el 27 de abril de 2018, los directivos ordenaron la intervención telefónica, sin previa autorización judicial, de diez líneas telefónicas de las oficinas de la UCOC, con el propósito de contar con dichos registros.

VÍCTOR MARTÍNEZABOGADO DE LA UCOC

‘El 27 de abril de 2018, directivos de la ACP ordenaron intervenir líneas telefónicas sin aval judicial',

Los abogados querellantes por parte de la UCOC, Víctor Martínez y Guillermo Cochez, detallaron que mediante la nota UCOC-111-2018, del 30 de abril, dirigida a Agenor Correa P., vicepresidente de Asesoría Jurídica de la ACP, le solicitaron a la entidad que les informara si estaban siendo objeto de grabaciones de forma ininterrumpida a través de los teléfonos del gremio.

Correa mediante la nota N°DI-215-2018, fechada el 30 de mayo, respondió que a la fecha la División de Recurso de Tránsito mantenía diez líneas telefónicas de la unidad de remolcadores ‘en grabación'.

Según el gremio, la autorización para grabar las conversaciones de las líneas telefónicas de la UCOC, que fueron validadas por Max Newman, gerente ejecutivo de Operaciones de Remolcadores; Rogelio Gordón, gerente ejecutivo de Recurso de Tránsito; y Esteban Sáenz, vicepresidente ejecutivo de Operaciones, ‘no tienen validez jurídica y representan una violación penal, al afectar el secreto y derecho a la intimidad de cuatro miembros de la UCOC', y aportan como prueba el documento original remitido por Correa.

Según el artículo 167 de la Constitución, quien sin contar con autorización judicial, intercepte telecomunicaciones o utilice artificios técnicos de escucha, transmisión, grabación o reproducción de conversaciones no dirigidas al público será sancionado con pena de dos a cuatro años.

RÉGIMEN LEGAL ‘ESPECIAL'

Luego de que la UCOC presentara la querella penal, la ACP emitió un comunicado en el que negó que interceptaran o realizaran espionaje telefónico, pero en párrafos posteriores reconoció que las llamadas eran grabadas continuamente ‘con el fin de asegurar que se preserven con exactitud los hechos importantes relacionados con la operación de la vía acuática como la reconstrucción cronológica de la información sobre accidentes / incidentes, calidad del servicio a nuestros clientes'.

El sustento legal, según la administración de la vía interoceánica, es el ‘régimen legal especial' de la ACP y el Manual de Operaciones.

‘El procedimiento data de hace décadas y es ampliamente conocido por los trabajadores en operaciones, al estar contenido en la Sección 6.16 del Manual de Operaciones, que incluye grabaciones tanto en las comunicaciones de radio y teléfonos oficiales, de tránsito, puertos y esclusas, entre otros', reza el comunicado.

La vía se defiende añadiendo que las ‘autoridades competentes' (sin especificar cuáles), han concluido que las grabaciones se dan en el giro de la prestación del servicio que brinda la ACP y que no se puede enmarcar en la normativa penal y ‘no constituyen un acto ilícito'.

Las oficinas principales de la UCOC se encuentran en la avenida Arnulfo Arias Madrid y las líneas telefónicas forman parte y son pagadas por la ACP, según confirmó el departamento de prensa de la institución.

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