Proponen anteproyecto de ley para modificar artículo del Código Penal sobre blanqueo de capitales

Actualizado
  • 14/08/2024 16:36
Creado
  • 14/08/2024 12:34
La iniciativa seguiría manteniendo las condenas de pena de cinco a doce años de prisión

Concusión, tráfico de influencias y fraude en las contrataciones públicas serían los delitos que se buscarían incluir dentro del Código Penal sobre blanqueo de capitales.

La propuesta fue presentada por el diputado independiente Jhonatan Vega ante la Asamblea Nacional (AN), a través del anteproyecto de ley 108, que busca modificar el artículo 254 y está pendiente de ser prohijado.

En la exposición de los motivos, Vega recordó que el blanqueo de capitales es una actividad ilegal que consiste en disimular el origen de fondos procedentes de actividades ilícitas o de naturaleza criminal.

Indicó que estas actividades delictivas se encuentran descritas en la normativa penal sustancial de manera taxativa, siendo un sistema de catálogo numerus clausus, entre las cuales están delitos como: narcotráfico, delincuencia organizada y otros.

Detalló que entre los delitos contra la administración pública -descritos en el tipo penal de blanqueo como actividad delictiva precedente en la actual ley-, solo se encuentran la corrupción de servidores públicos, el peculado, y el enriquecimiento injustificado, dejando por fuera delitos como la concusión, el tráfico de influencias y el fraude en las contrataciones públicas, que conllevan una ganancia económica en su realización, la cual una vez obtenida, puede ser objeto de ocultación para difuminar su origen ilícito, afectando directamente el orden económico.

Jhonatan Vega
Diputado independiente
Lo anterior, conlleva a realizar un análisis sobre el tipo penal de blanqueo de capitales, si realmente protege en todas sus aristas, el orden económico, considerando así que es imperativo y necesario se incorporen las actividades ilícitas antes descritas, como parte delcatálogo de delitos precedentes

Del mismo modo, agregó, también se encuentra ausente el delito de hurto, cuya modalidad agravada implica una ganancia económica, que puede ser inserta en el tráfico mercantil para darle apariencia de legalidad a lo obtenido de manera ilegal.

“Lo anterior conlleva a realizar un análisis sobre el tipo penal de blanqueo de capitales, si realmente protege en todas sus aristas, el orden económico, considerando así que es imperativo y necesario se incorporen las actividades ilícitas antes descritas, como parte del catálogo de delitos precedentes”, subrayó Vega.

De aprobarse el anteproyecto de ley 108, la concusión, tráfico de influencias y fraude en las contrataciones públicas formarían parte del extenso listado de delitos relacionados al blanqueo de capitales, en las que el que también está el soborno internacional, los delitos contra el derecho de autor y derechos conexos, delitos contra los derechos de la propiedad industrial, tráfico ilícito de migrantes, trata de personas, tráfico de órganos y delitos contra el ambiente, por mencionar algunos.

La iniciativa seguiría manteniendo las condenas de pena de cinco a doce años de prisión.

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