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Panamá activa salvaguardia especial agrícola a 52 aranceles del TPC
- 11/11/2024 07:07
- 10/11/2024 18:08
En lo que va del 2024, el Ministerio de Comercio e Industria ha activado la salvaguardia especial agrícola (SEA) a un total de 52 fracciones arancelarias del Tratado de Promoción Comercial (TPC) entre Panamá y Estados Unidos, para proteger la industria nacional de productos como: carne de cerdo, quesos, yogur, mantequilla y arroz en cáscara.
Desde enero pasado, el MICI en coordinación con la Autoridad Nacional de Aduanas viene evaluando las fracciones arancelarias de productos sensitivos procedentes y originarios de Estados Unidos, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 3.17 del TPC suscrito entre ambos países.
El mecanismo SEA permite la imposición, durante un año, de un derecho de importación adicional sobre mercancías agrícolas originarias, enlistadas en el anexo 3.17 del TPC, cuando las importaciones superen los volúmenes de activación previstos para el año.
El MICI explicó que este proceso implica una revisión de los volúmenes de importación para una amplia gama de productos que incluyen desde carne de bovino, cerdo y pollo, hasta quesos como cheddar y mozzarella, leche fluida, aceites vegetales, mantequilla, tomate procesado, yogur, leche en polvo, helados, arroz con cáscara y arroz pilado, entre otros.
El TPC es un Tratado de Promoción Comercial (TLC) suscrito entre socios históricos como Panamá y Estados, donde participaron cuatro administraciones del gobierno panameño. Además se diferencia de otros acuerdos comercial por su nombre.
El contrato y negociación entre ambos países contempla 22 capítulos que regulan, entre otros, disciplinas para el intercambio de bienes agrícolas, industriales, el comercio de servicios, inversiones, propiedad intelectual, disposiciones institucionales y los procedimientos para solucionar diferencias que puedan surgir con la aplicación del acuerdo.
Ratificado por Panamá mediante Ley 53 de 2007, y promulgado por Estados Unidos el 21 de octubre de 2011, el TPC entró en vigencia el 31 de octubre de 2012.
El MICI viene emitiendo resoluciones de SEA al TPC desde 2018, donde a la fecha incluye 74 resoluciones donde ordena aplicar, investigar o modificar la medida transitoria de ciertos productos.
Inicialmente, Panamá según el TPC puede aplicar la medida de SEA a seis productos, entre estos: el muslo encuentro de pollo, carne bovina, carne porcina, productos lácteos, arroz, aceites vegetales y tomate procesado. Mientras que, por parte de Estados Unidos, la medida sería aplicable a casi 60 líneas de productos lácteos.
En lo que va del 2024, el MICI ha emitido un total de 19 resoluciones de SEA, de las cuales solo seis aplica la medida e incluye a un total de 52 códigos arancelarios, siendo la última para la entrada al país de leche entera en polvo y sus derivados. El resto, unas 13 resoluciones, están en proceso de investigación u modificación.
La SEA, según la Organización Mundial del Comercio es una restricción especial a la importación que se adopta de forma temporal para hacer frente a situaciones específicas, tales como un aumento repentino de las importaciones.
Cada resolución aprobada por el MICI detalla la toneladas métricas pactadas para el año en curso, con el porcentaje del nivel activación de la SEA y a cuanto corresponde, así como el arancel preferencial, el derecho adicional por salvaguarda especial y el arancel aplicable.
La primera salvaguardia especial agrícola activada este 2024 y la única de dos del 2018 fue sobre importaciones de carne de cerdo y productos de cerdo. La Resolución 006 del 3 de enero de 2024 empezó a regir de manera inmediata al llegar a su nivel de activación, tal y como lo permite el Decreto Ley 7 de 2006, de Defensa de la Producción Nacional.
En el caso puntual de la carne de cerdo y sus derivados como canales, piernas, paletas, jamones y sus trozos sin deshuesar, costillas y envasados herméticamente o al vacío varia según el código arancelario. En total, el MICI protegió temporalmente 15 códigos arancelarios, que según el número y la descripción varía el porcentaje a proteger.
Para este 2024, el contingente pactado para la carne de cerdo en las fracciones investigadas fue de 3.825 toneladas métricas, por lo cual el nivel de 130 % de activación corresponde a 4.972,50 toneladas métricas de carne de cerdo y derivados.
Siguiendo como ejemplo la citada resolución en el caso del código 0203.11.00.00.00 correspondiente a canales o medias canales el arancel preferencial es 13 %, con un derecho adicional por SEA de 23 % y un arancel aplicable de 37 %; mientras que para el código 0203.12.00.00.00 sobre piernas, paletas y sus trozos sin deshuesar el arancel preferencial es de 16 %, con un derecho adicional por salvaguarda especial de 27 %, y de arancel aplicable de 43 %; y para el 1602.41.11.00.00 de envasado hermético o al vacío el arancel aplicable es 9 %, con un derecho adicional por salvaguarda especial de 16 % y con un arancel aplicable de 24 %.
Luego de la resolución de SEA del MICI, el Órgano Ejecutivo emitió el Decreto de Gabinete 4 del 10 de enero de 2024, publicado en la Gaceta Oficial 29947-A del 11 de enero, que adopta medidas de control a la importación y comercialización de productos de cerdo originario y procedente de cualquier origen, es decir, más allá del TPC entre Panamá y Estados Unidos.
Las fracciones arancelarias son las mismas 15 del decreto ministerial; sin embargo, dan más detalles de lo establecido.
En su artículo 2 se establece un volumen total de importación para el año 2024, de 8.791 toneladas métricas con un crecimiento por año de 6 % en los siguientes años.
En enero pasado, la Presidencia de la República emitió un comunicado de prensa donde explicaba que la desgravación arancelaria para la carne de cerdo empezó en el año 2018, donde la eliminación progresiva del arancel para el año 2024 oscilaba entre 9 y 16 %, para quedar en condición de libre comercio o 0 % de importación a partir del 1º de enero del año 2026.
Rigiendo desde 2012, la desgravación arancelaria del TPC empezó en 2022, para que ambos mercados queden abiertos o libre al 0 %.
El plazo máximo de desgravación es de 20 años, plazo en que Panamá ubicó a uno de sus productos agrícolas más sensibles, como lo es el caso del arroz.
En términos generales, el proceso de desgravación arancelaria es lineal; es decir, las reducciones arancelarias se hacen de manera proporcional en cada año. No obstante, para los productos más sensibles del sector agrícola ambos países acordaron esquemas de desgravación no lineales.
Para el sector agrícola, las partes acordaron plazos de gracia o períodos en los que no se desgravaba el arancel; estos plazos de gracia variaron entre 2 y 10 años.
Según un documento explicativo sobre el TPC de 2013, de la Oficina de Negociaciones Comerciales Internacionales del MICI, con la entrada en vigencia del TPC, en materia agrícola, Panamá desgravaría de manera inmediata cerca del 67 % del universo arancelario; un 8,5 % del universo arancelario se desgrava en cinco años; un 9,8 % del universo arancelario se desgrava en plazos de hasta 10 años; y un 14, 6 % en plazos superiores a 10 años; y 0.1 % (en el caso puntual de papa y cebolla) no se desgrava en lo absoluto.
Por otro lado, Estados Unidos desgrava de manera inmediata cerca del 88 % del universo arancelario y el 22 % restante se desgrava en plazos entre 5 y 17 años, tras la entrada en vigencia correspondiente hasta el año 2029.