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Mantienen suspendido pago a diputados suplentes que laboran en otras entidades del Estado
- 11/02/2020 10:56
- 11/02/2020 10:56
El pago de los salarios a los 16 diputados suplentes que laboran en otras entidades del Estado se mantiene suspendido.
Así lo confirmó este martes 11 de febrero el contralor General de la República, Gerardo Solís, a través de un comunicado emitido por la entidad que dirige.
La Contraloría explicó que la medida se adoptó luego de que la Corte Suprema de Justicia negara la acción de Amparo de Derechos Constitucionales interpuesta a favor de los 16 diputados suplentes que se encuentran en este estatus.
Además de los salarios también se ordenó la suspensión de dietas, emolumentos , combustible y cualquier otra remuneración que están teniendo los diputados suplentes que realizan trabajos en otra entidad distinta a la Asamblea Nacional, añadió Rocío Rodríguez, portavoz de la Contraloría.
En virtud de lo anterior, la Contraloría aseguró que remitió una nota notificándole al presidente de la Asamblea Nacional, Marcos Castillero.
“Debemos proceder a cumplir con esa decisión, en atención a lo establecido en el párrafo final del Artículo 206 de la Constitución Política del Estado que establece que las decisiones de la Corte Suprema de Justicia son finales, definitivas y obligatorias”, puntualizó Solís.
Este lunes 10 de febrero, la Contraloría General de la República, ordenó la suspensión de salario a funcionarios que a siete meses de esta administración gubernamental no han presentado la Declaración Jurada de Estado Patrimonial, la cual es de obligatorio cumplimiento, al inicio y término de sus funciones públicas, según el Artículo 304 de la Constitución Política.
El listado de los servidores públicos que han presentado su Declaración Jurada de Bienes Patrimoniales fue proporcionado a la Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información (ANTAI) .
El 95% de los funcionarios ya cumplió con la declaración de sus bienes patrimoniales, mientras que el 5 % no lo ha hecho, y se les retuvo el salario.
Los funcionarios que están obligados a presentar su declaración jurada de su estado patrimonial son: el presidente y vicepresidente de la República, los magistrados de la Corte Suprema de Justicia, de los Tribunales Ordinarios y Especiales, el procurador General de la Nación y el de la Administración, los jueces, los ministros y viceministros de Estado, el contralor General de la República, el presidente de la Asamblea Nacional.
También deben declarar sus bienes patrimoniales, los rectores y vicerrectores de universidades oficiales, los directores generales, los gerentes o jefes de entidades autónomas, los directores nacionales y provinciales de los Servicios de Policía, el defensor del Pueblo y, en general, todos los empleados y agentes de manejo.
La suspensión de salarios a funcionarios obligados a presentar su Declaración Jurada de Estado Patrimonial está contemplada en la Ley 59 de 29 de diciembre de 1999.