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¿Qué significa ser un gran consumidor?
- 16/04/2016 02:00
- 16/04/2016 02:00
Esta semana, la Autoridad de los Servicios Públicos (ASEP) dio inicio a su plan de consulta a los consumidores y a la ciudadanía en general para mejorar y regular la relación que tiene un Gran Cliente frente a las residencias y locales comerciales que utilizan la energía eléctrica.
Este tipo de locales actualmente están asociados bajo el esquema del Título X del Decreto Ejecutivo 22 del 19 de junio de 1998.
Para un consumidor, es importante saber que puede tener diferentes tipo de tarifas con los actuales distribuidores de energía, dependiendo de la cantidad de kilovatios que consuma y la finalidad con la que necesitará el suministro, que puede ser residencial o comercial.
De esta forma, el universo de los clientes es clasificado según su nivel de tensión. Hay quienes consumen 600 voltios o menos (consumidores de tarifas de baja tensión) y los de alta tensión, que pueden estar conectados a voltajes mayores o iguales a 115 kilovoltios.
Esta última se puede dividir en tarifa con demanda máxima y por bloque horario.
El Gran Cliente, según la ASEP, es toda persona natural o jurídica con una demanda superior a 100kW por punto de entrega de energía, cuya compra de electricidad podrá ser realizada a precios acordados libremente o acogerse a las tarifas reguladas por el distribuidor de energía.
Pueden ser cooperativas, centros comerciales, edificios, asociaciones de usuarios, complejos habitacionales, recreativos y similares que se acojan al referido decreto.
La Empresa de Transmisión Eléctrica S.A. publicó en su página web del Centro Nacional de Despacho que existen quince Grandes Clientes del mercado eléctrico panameño, entre ellos Argos Panamá S.A., Cemento Bayano, Contraloría General, Embajada de Estados Unidos de América, Megadepot y Ricamar.
Los Grandes Clientes a su vez se vinculan con los clientes indirectos, que son propietarios o arrendatarios que tienen o arriendan residencias en edificios o complejos habitacionales, locales comerciales u otros.
Es importante destacar que el Gran Cliente tiene derechos y deberes con sus consumidores, como lo son representar al grupo de clientes indirectos, vinculados eléctricamente dentro de sus instalaciones, y cobrar un cargo administrativo por la determinación o cálculo de lo que le corresponda a cada asociado pagar por los servicios de cobro, operación y mantenimiento, medición y similares que sean necesarias.