Banqueros advierten del "colapso del sistema nacional de créditos" por proyecto de ley

Actualizado
  • 08/02/2022 18:53
Creado
  • 08/02/2022 18:53
La Asociación bancaria de Panamá declaró que el Proyecto de Ley 340 dificultaría la recuperación de activos que garantizan el repago de préstamos

La Asociación Bancaria de Panamá (ABP) se ha manifestado en contra de la aprobación del Proyecto de Ley 340 "Que modifica y adiciona y artículo al Código Judicial", llevada a cabo el pasado  2 de febrero.

En un comunicado la ABP expresa que si este proyecto de ley se termina aprobando, la incorporación de una Excepción al Pago Parcial en los procesos ejecutivos, obstaculizaría la recuperación de activos que garantizan el repago, dificultando los préstamos y haciéndolos más costosos y lentos. Aclaran que actualmente este procedimiento ya suele durar más de 24 meses.

Esto "disminuye drásticamente la viabilidad de recuperar préstamos por medio de ejercer los derechos de los acreedores sobre las garantías, cuando otras fuentes de repago han desaparecido", agrega la nota.

En esta misma línea, el grupo asegura que esta iniciativa legislativa puede representar el "colapso del sistema nacional de créditos", llevando el país a un estancamiento que seque el flujo de créditos del sistema.

Un proyecto bien intencionado

La ABP aclara que los motivos presentados en este proyecto de ley tienen "buenas intenciones", pero que estas intenciones están "apartadas de la realidad", pues los bancos realizan gestiones de cobro a los clientes morosos mensualmente. Si el cliente se atrasa, se procede a interponer una demanda ante los tribunales por el monto actualizado de la deuda (capital más intereses). Las demandas bancarias nunca son por el total solicitado al banco en calidad de préstamo, como expresa el anteproyecto.

Añaden que este proyecto pone a los acreedores en una posición ideal para ser objeto de abuso, porque cualquier deudor podría evitar indefinidamente el pago de sus deudas con un pago mínimo, que puede utilizar cada vez que esté moroso, dilatando el proceso.

Concluyen afirmando que la legislación actual ya cuenta con mecanismos para que un deudor pueda acreditar el pago parcial de la deuda reclamada, así como para poder recibir el pago de los excedentes resultantes de una subasta del bien ejecutado. Pero esto sin crear un clima de "riesgo e inseguridad".

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