AMP aprueba nuevas inspecciones para naves de pasajeros

Actualizado
  • 29/12/2024 00:00
Creado
  • 28/12/2024 17:30
El reglamento exigirá un Certificado Nacional de Seguridad, que será válido por cinco años y que reemplazará a un total de siete certificados técnicos

La Autoridad Marítima de Panamá (AMP) aprobó un nuevo reglamento de inspecciones para las personas y la carga que vana bordo de naves de carga rodada y pasajeros (RO-RO Passenger Ship) y embarcaciones que transporten doce o más pasajeros (Passenger Ship).

La norma será aplicable para aquellas embarcaciones con patente de Navegación de Servicio Internacional, de bandera panameña, y que operen exclusivamente en aguas jurisdiccionales de la República de Panamá.

“Todo se da con el objeto de dar adecuado cumplimiento a las normas de seguridad para salvaguardar la vida humana en el mar, prevención de la contaminación del medio ambiente y demás obligaciones exigidas por la legislación nacional”, se lee en la Resolución No. 106-77-DGMM, publicada en la Gaceta Oficial No. 30185-B.

El reglamento establecerá la creación de un Certificado Nacional de Seguridad, que será válido por cinco años y que será emitido por el Departamento de Navegación y Seguridad Marítima de la AMP. Además, reemplazará a un total de siete certificados técnicos.

Entre los cumplimientos que deberán asumir las embarcaciones están: ser puestas en dique seco dos veces, en un periodo de 60 meses, acorde a la validez del certificado en mención, para la realización de un examen detallado de la obra viva y muerta, y de todos los elementos estructurales. El primero deberá efectuarse entre el segundo y tercer año de la emisión del certificado (intermedio), y el segundo deberá efectuarse antes de renovación del mismo.

La administración podrá, además, reemplazar el dique seco intermedio por una inspección de casco submarina.

Estos diques secos e inspecciones submarinas deberán realizarse a satisfacción de la administración y bajo su supervisión.

La nueva norma también prohíbe a estas embarcaciones cualquier tipo de descargas de aguas sucias, basura o hidrocarburos al mar. En consecuencia, no se requiere de los equipos y dispositivos de separación y filtración de aguas oleosas.

Todas las descargas de hidrocarburos, basura y aguas sucias deben realizarse en facilidades de tierra o embarcaciones autorizadas por la AMP para prestar este servicio, y se deben mantener a bordo los recibos que evidencien dichas descargas.

La norma también estipula que las embarcaciones deberán cumplir con al menos botes salvavidas para recibir el 100 % de las personas abordo en los botes o balsas.

Asimismo, el estado del buque y su equipo será mantenido de modo que se ajuste a lo dispuesto en la presente resolución, a fin de garantizar que el buque seguirá estando, en todos los sentidos, en condiciones de operar y hacerse a la mar sin peligro para el mismo ni para las personas que se encuentren a bordo.

En materia económica, toda nave de pasajeros que transporte más de 12 personas deberá poseer una póliza de seguro para cada persona a bordo de la embarcación.

Las coberturas de esta póliza deberán incluir pérdida de vida, por un monto no inferior a $20.000 por persona; gastos médicos y hospitalización en casos de accidentes por un monto no inferior a $10.000 por persona.

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Todo se da con el objeto de dar un adecuado cumplimiento a las normas de seguridad para salvaguardar la vida humana en el mar, prevención de la contaminación del medio ambiente y demás obligaciones exigidas por la legislación nacional”
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