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Reglamentación de la Ley de Registro Contable se dará en las próximas semanas, según la DGI
- 17/07/2023 00:00
- 17/07/2023 00:00
La reglamentación de la ley de Registro Contable podría estar presentándose en las próximas semanas, después de que el equipo del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) terminó las consultas con los especialistas y un grupo de abogados internacionalistas, confirmó el director general de la Dirección General de Ingresos, Publio De Gracia.
De Gracia explicó que “este es otro de los elementos contables para que Panamá pueda seguir avanzando en los esfuerzos para garantizar una transparencia fiscal, a través del sistema Etax 2.0 de la DGI, que ya está preparado para recibir las obligaciones de la conocida ley”.
“En la DGI, el sistema Etax 2.0 está listo y preparado hace un par de meses para recibir esta información, lo cual simplemente sería establecer los calendarios para que los agentes residentes puedan cargar estas obligaciones llamadas registro contables”, comentó.
Mientras se define la fecha de presentación de la reglamentación, la DGI deberá, por medio de resolución, posponer unos meses el plazo para que determinadas personas jurídicas presenten los registros contables y copias de los documentos a los agentes residentes.
El director de la entidad aclaró que los agentes residentes deben mantener esta y cualquier otra información que las leyes establecen para el intercambio de información a requerimiento para fines fiscales.
“Producto de que nosotros habíamos establecido una resolución que vence el 15 de julio de este 2023, donde los contribuyentes obligados tenían que presentar los registros contables a la DGI, hemos tomado la decisión de firmar una resolución para extenderlo dos meses más, esperando a que se publique el reglamento para que los contribuyentes puedan observar cuáles son los procedimientos a seguir y la recepción de la información”, explicó De Gracia.
El Grupo Acción por Igualdad Financiera Internacional (Gapifi) lamentó que las autoridades no realizaron los acercamientos para discutir la reglamentación, ya que hubieran preferido trabajar en conjunto.
Raúl Molina, abogado y miembro de Gapifi, comentó que nadie del Estado les ha mostrado un borrador para hacer observaciones, al contrario, dijo que “hay un secretismo total”.
“Si consultaron entre ellos, eso es una cosa, pero no han hecho consulta a quienes va dirigida esta ley, que son los abogados y agentes residentes. Si sale en Gaceta Oficial, ¿qué van a preguntar?”, cuestionó Molina.
En el caso de que la reglamentación no sea del agrado de los abogados, Carlos Moreno, también miembro de Gapifi, vaticinó que se “presentarían recursos y se comenzaría una pelea legal que iría en contra del país, tomando en cuenta que en la esfera internacional esto podría ser tomado como un argumento para seguir manteniéndonos en listas discriminatorias”.
Publio De Gracia defendió que para el proceso de consultas Panamá escuchó a los expertos globales, igualmente a la firma contratista que acompaña al MEF en la aplicación de este tipo de leyes. “No es hacer leyes por hacer leyes, sino que el país pueda tener la capacidad realmente de aplicarlas, que es uno de los grandes desafíos que tenemos. La aplicación correcta de las leyes permite visibilizar que Panamá tiene esos compromisos, no solo locales, sino también globales”, constató.
La Ley de Registro Contable se desprende de la Ley 254, que introduce adecuaciones a la legislación en materia de transparencia fiscal internacional y de prevención de blanqueo de capitales, el financiamiento del terrorismo y el financiamiento de la proliferación de armas destructivas.
Tiene como objetivo brindar la flexibilidad necesaria para la presentación de los registros contables y copias de estos a los agentes residentes, fundamentado en el marco regulatorio que se establece en la Ley 52 de 2016 y sus modificaciones.
Los registros contables se refieren “a los datos que indiquen clara y precisamente las operaciones comerciales de las personas jurídicas, sus activos, pasivos y patrimonio y permitan determinar su situación financiera, así como preparar estados financieros de dicha persona jurídica. La amplitud de los registros contables dependerá de la complejidad y magnitud de la actividad a la que se dedique la persona jurídica”, según consta la ley 52 del 27 de octubre de 2016.
Según Molina, el registro contable fue una exigencia que propiamente se estableció Panamá porque no fue un compromiso solicitado ni por la Unión Europea (UE) ni la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos lo habían solicitado.
Justificó que las firmas de abogados no pueden cumplir con esta norma “porque es imposible llevar los registros contables de los clientes, porque solo el procedimiento involucra una serie de documentos, que deben justificar todas las transacciones y movimiento del dinero, ya sea en efectivo o cuentas bancarias, es una tarea difícil para una firma de abogados porque no tenemos la formación profesional”.