Ciclistas, atletas, patinadores y paseantes de la capital colombiana tienen una cita infaltable desde hace 50 años: la ciclovía de los domingos y festivos,...
La Alcaldía de Panamá desafía a la CSJ y mantiene el alza de impuestos municipales
- 06/04/2023 00:00
- 06/04/2023 00:00
La Alcaldía de Panamá mantiene el aumento a las tablas de impuestos municipales, pese a que la Corte Suprema de Justicia (CSJ) ordenara la suspensión provisional de los artículos séptimo, octavo y noveno del Acuerdo Municipal No. 142 del martes 2 de agosto de 2022.
Ante este hecho, la Cámara de Comercio, Industrias y Agricultura de Panamá (Cciap) comunicó que envió una misiva al alcalde del distrito de Panamá, José Luis Fábrega, manifestando su preocupación porque el municipio capitalino aún no acoge la suspensión provisional que ordenó la CSJ.
“Al momento de ingresar al sistema del Municipio de Panamá para realizar el pago del tributo, aún aparecen los porcentajes de pago correspondientes al nuevo impuesto establecido en el Acuerdo No. 142, lo que es contrario a lo conversado en la cortesía de sala otorgada al alcalde Fábrega y su equipo de trabajo ante la junta directiva de nuestro gremio, el 1 de marzo del presente año, donde se conversó ampliamente de la norma y los efectos de la suspensión provisional ordenada por la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia”, señaló Marcela Galindo, presidenta de la Cciap, en un comunicado.
Galindo indicó que “en su momento, la Cciap solicitó la suspensión de la aplicación de estas nuevas tablas tributarias municipales, para que la medida pudiera ser ampliamente discutida antes de una toma de decisión final, y se otorgara un crédito para el próximo año a las empresas que ya pagaron sus impuestos con base en este acuerdo. Sin embargo, ahora existe también una orden del Órgano Judicial que establece la suspensión, que tiene que acatarse”.
Durante la sala de cortesía otorgada al alcalde Fábrega, la Cciap mencionó que el Centro de Estudios Económicos presentó un análisis donde se expusieron los sectores económicos que se impactarían con esta modificación, incluyendo a las pequeñas, medianas y grandes empresas.
El pasado mes de febrero, la Sala Tercera de lo Contencioso Administrativo de la CSJ emitió una resolución judicial de los artículos séptimo, octavo y noveno del Acuerdo No. 142 del 2 de agosto de 2022, después que se presentara una demanda interpuesta por el abogado Ernesto Cedeño Alvarado para declarar ilegal dichos artículos.
En la resolución la CSJ estimó que: ciertamente, la actuación demandada pudiera ocasionar perjuicios a la colectividad, pues resulta claro que el Acuerdo No. 142 del 2 de agosto de 2022 incrementa de forma directa y en grado exponencial los impuestos municipales que deberán pagar los contribuyentes del distrito de Panamá a partir del mes de enero de 2023, lo cual podría incidir “gravemente” en la situación económica de los habitantes del Municipio de Panamá.
Señaló que la medida de suspensión provisional obedece al cumplimiento a primera vista (prima facie) de los requisitos exigidos tanto por la ley como por la jurisprudencia, los cuales se han podido constatar de los elementos probatorios aportados hasta el momento, que parecieran demostrar que el acto administrativo cuyos efectos se pretenden suspender, está rodeado de ciertos elementos que pudiesen afectar su legalidad.
Agregó que dicha suspensión provisional del acto administrativo adoptada no constituye un adelanto de la decisión de la Sala Tercera, porque en el momento procesal correspondiente se procederá a verificar el fondo de la situación planteada a un dictamen final.
A raíz de los comentarios de la Cciap, Cedeño presentó ante la CSJ una orden de desacato contra la presidenta del Consejo Municipal, Yoira Perea, bajo el fundamento de no realizar los esfuerzos correspondientes para finalizar el alza de los impuestos municipales, cuando la CSJ declaró la suspensión provisional el 9 de febrero de 2023.
“A mi juicio ella es la responsable porque fue la encargada de emitir ese acuerdo. Ahora le estoy pidiendo a la Corte que la condene por desacato. Aquí tienen que respetar la ley y no pueden existir personas que estén por encima de los magistrados”, justificó el abogado.
El Acuerdo No. 142 del 2 de agosto de 2022, publicado en la Gaceta Oficial No. 29610, establece una moratoria para el pago de recargos e intereses de los contribuyentes afectados por la pandemia.