- 06/10/2016 02:00
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Cuando el martes 10 de septiembre de 2013, como parte de la 125ª sesión del COI, en el Hotel Hilton, de Buenos Aires, Argentina, de 11:00 a.m. a 12:00 p.m., se dio la elección del IX Presidente del COI, como era natural y lógico, los seis candidatos: 1) Thomas Bach, 2) Sergey Bubka, 3) Richard Carrion, 4) Ser Main Ng, 5) Denis Oswald y 6) C.K. Wu, eran elegibles para ser candidatos por ser miembros activos del COI. Seguro que las nuevas elecciones ordenadas por el COI, limpias y transparentes del CON de Kenya, el 31 de diciembre de 2016, después de una revisión total de los Estatutos, todos los aspirantes a cargo en el Comité Ejecutivo son miembros elegibles. En el caso del CON de Panamá, en este espacio lo bauticé de ‘Estatuto Express' ya que no fue elaborado del todo por el COP, y Andreu Camps visitó al país en octubre del 2014 para asesorar al COP, tenía fallas que facilitaba la reelección.
Desde 2014 vengo advirtiendo que estábamos en presencia de un presidente del COP, Camilo Amado, al que no le importan los Principios Fundamentales del Olimpismo, y su único lineamiento es la política de Nicolás Maquiavelo, que pregona: ‘Cuando el objetivo es importante (su reelección), cualquier medio para lograrlo es válido'. Veamos lo que dice el Capítulo III (Membresía del Comité Olímpico de Panamá) Artículo 6º (Los miembros del COP son: ‘a) Las personas de nacionalidad panameña que ostentan la condición de miembros del COI; b) Todas las Federaciones Nacionales constituidas a nivel nacional y afiliadas a las ‘FI' que rijan deportes incluidos en el programa de los JO, representadas en la Asamblea General del COP de conformidad con el Artículo 14.2 de Estos Estatutos'.
‘c) Las Federaciones Nacionales legalmente constituidas a nivel nacional y afiliadas a las FI reconocidas por el COI que rijan deportes no incluidos en el programa de los ‘JO', representadas en la ‘AG' del COP de conformidad con el Artículo 14-3 de estos Estatutos'; e) El Presidente de la Academia Olímpica de Panamá, nombrada por la AG a propuesta del Presidente, con derecho a voz pero sin derecho a voto, se regulará por sus propios reglamentos aprobados por la AG del COP'; f) El Presidente del Tribunal de Mediación, Conciliación y Arbitraje de Panamá, nombrada por la AG a propuesta del Presidente, con derecho a voz pero sin derecho a voto, se regulará por sus propios reglamentos aprobados por la Asamblea General del COP'.
Veamos ahora el ‘Capítulo V (Asamblea General). Artículo 14. Composición de la Asamblea General. 1) El miembro panameño del COI, en activo, quien debe ser miembro votante ex-oficio de la AG del COP y de la Junta Directiva con un voto. 2) Los Presidentes o en su ausencia la persona que por Estatuto tenga la facultad de representante, y si no lo fijara, por acuerdo específico de la AG de todas las FN afiliadas a las FI que rijan un deporte incluido en el Programa de los JO y miembros del COP como especificado en el artículo 6.b de los Estatutos con 2 votos cada uno. 3) Los Presidentes o en su ausencia la persona que por Estatutos tenga la facultad de representarle, y si no se fijara, por acuerdo específico de la ‘AG', de las ‘FN' afiliadas a las ‘FI' que rijan un deporte no incluido en el Programa de ‘JO' y miembro del COP como especificado en el Art. 6.c. de los Estatutos con un voto cada uno'.
4. ‘Al menos un hombre y una mujer representantes de los Atletas Olímpicos, elegidos por la Comisión de Atletas del COP con un voto cada uno'. 5) El Presidente de la Academia Olímpica de Panamá con derecho a solo a voz. 6) El Presidente del Tribunal de Mediación, Conciliación y Arbitraje Deportivo, con derecho solo a voz'. Si la Resolución de Pandeportes de la elección 2014-2018, refleja que Camilo Amado ya no es presidente de la erróneamente llamada Federación de Gimnasia y no Asociación porque no tiene 5 Ligas Provinciales, ni tampoco miembro de la Junta Directiva, y el Sitio Web de la FIG, refleja que la presidenta es Teresa Medrado, y SG. Roberto Delegado, ¿Cuál es el sustento legal de la postulación de Amado a la Presidencia del COP, el 30 de octubre del 2016? En el Formulario de nominación hay que detallar la posición que ostenta el candidato dentro de su FN. ¿Qué pondrá Camilo Amado en ese espacio, si ya no pertenece a ninguna Federación Nacional?. Tomen nota de esto. Así es. ( Continuará mañana)
COCTEL DEPORTIVO